Millonaria multa a Interjet por desacato a Supertransporte

Jue, 28/01/2021 - 11:34
La Superintendencia de Transporte lleva desde el mes de noviembre un proceso legal en contra de la aerolínea que no acató su último fallo.

La Superintendencia de Transporte impuso una multa de $219.450.750 a la sociedad ABC Aerolíneas S.A. de C.V. (Interjet), por no acatar las órdenes impartidas mediante Resolución No 9755 de noviembre de 2020. Estas órdenes buscaban validar la protección de los derechos de los consumidores y velar por la continua prestación del servicio de transporte aéreo por parte de esta aerolínea.

La entidad emitió esas órdenes luego de recibir 64 denuncias de ciudadanos indicando la dificultad de contactar con la sociedad para indagar sobre sus vuelos, cambios de itinerario, información sobre reembolsos y situaciones en general.

Luego, vencido el término otorgado para el acatamiento de cada una de las medidas, y previa solicitud de explicaciones a la aerolínea, lo cual tampoco fue atendido, la SuperTransporte impuso una multa ante su renuencia en el cumplimiento de la medida administrativa.

Camilo Pabón Almanza, Superintendente de Transporte, manifestó en relación con este caso “desde la Superintendencia de Transporte estamos oyendo permanentemente a los usuarios de los distintos modos de transporte, y emitiremos las órdenes y requerimientos que haga falta para asegurar el cumplimiento de los derechos de los usuarios”.

“Por eso, en casos en donde se emiten órdenes administrativas que no se realizan, acudimos a medidas más drásticas, buscando que las compañías presten un servicio idóneo y de calidad, acorde a lo que esperan y necesitan los colombianos”, concluyó Almanza.

Así fue el proceso

En noviembre de 2020, la Superintendencia de Transporte impartió una serie de órdenes a la sociedad ABC Aerolíneas S.A. de C.V. (Interjet) mediante la resolución No 9755, luego de recibir una serie de denuncias de usuarios sobre problemas accediendo a información de vuelos, cambios de itinerarios y reembolsos, entre otros. Estas órdenes consistían en:

1) Emitir y difundir un comunicado de prensa en donde indique a los usuarios los canales y horarios de los que dispone la aerolínea para para recibir y atender de manera oportuna las peticiones, quejas y reclamos presentados por los usuarios;

2) Presentar e implementar un plan de atención a usuarios

3) Allegar a la Superintendencia el Sistema de Atención a Usuarios con el que cuenta en los aeropuertos donde opera en Colombia.

No obstante, vencido el término otorgado para el acatamiento de cada una de las medidas, y previa solicitud de explicaciones a la aerolínea, en donde se indagó sobre los motivos de su rebeldía y que tampoco fue atendido; se procedió a imponerle una multa ante su renuencia en el cumplimiento de la medida administrativa.

Esto no implica que la aerolínea se haya relevado del cumplimiento de la medida administrativa, por lo que se le concedió el término de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la notificación del acto administrativo que la sancionó, para que acredite el cumplimiento de lo ordenado, so pena de hacerse acreedor a la imposición de otra multa por su renuencia.

En caso de que la aerolínea incumpla el nuevo plazo otorgado por la SuperTransporte, podría hacerse acreedora de una nueva multa hasta por 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Contra la decisión de multa impuesta a la aerolínea proceden los recursos de reposición y apelación, de conformidad con lo previsto en el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Se garantizarán los principios del debido proceso y el derecho de defensa, y se precisa que el procedimiento sancionatorio iniciado se realizará de conformidad con lo establecido en la ley.

Sometimiento a control

Por otro lado, después de recaudar elementos probatorios, la Superintendencia de Transporte inició una actuación que puede terminar en el sometimiento a control de la empresa. En caso que se corroboren situaciones críticas de orden económico, administrativo, contable o jurídico.

Es por esto que la Superintendencia podrá someterla a control, como consecuencia de lo cual se limitaría la enajenación o venta de bienes de la empresa, se pueden promover planes de mejoramiento, remover los administradores de la empresa, o incluso convocarla a un proceso de insolvencia.

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