Actos políticos antes de elecciones: ¿qué permite y qué prohíbe la ley?

Mié, 27/05/2026 - 11:37
En la última semana antes de votar, las campañas pueden hacer actos políticos, pero bajo reglas más estrictas.
Créditos:
Inteligencia Artificial

La polémica por un evento político realizado en la última semana de campaña volvió a poner sobre la mesa una duda clave: qué pueden hacer los candidatos antes de las elecciones y cuándo una reunión puede convertirse en una posible infracción electoral.

La ley permite reuniones, pero con límites

La discusión surgió por un evento del candidato presidencial Iván Cepeda durante los días previos a la primera vuelta. Más allá del caso puntual, el episodio abrió una pregunta más amplia para todas las campañas: qué tipo de actividades políticas están permitidas cuando ya empezó la etapa de restricciones antes de la votación.

La ley no prohíbe toda reunión política en ese periodo. Los candidatos, partidos y movimientos pueden seguir realizando actividades, pero no en cualquier lugar ni bajo cualquier formato. El límite está en si se trata de una reunión en recinto cerrado, de una concentración pública o de un acto que pueda entenderse como propaganda electoral en condiciones no permitidas.

La regla principal está en el Decreto 0188 de 2026, que fija medidas de orden público para las elecciones de Congreso y Presidencia. El artículo 6 establece que, entre el 25 de mayo y el 1 de junio de 2026, solo podrán realizarse reuniones de carácter político en recintos cerrados.

Esa precisión es importante. La norma no dice simplemente que los eventos deban ser privados, ni permite cualquier actividad con solo presentarla como una reunión. Lo que exige es que el acto se realice en un lugar cerrado y que cumpla las reglas de convivencia, policía y normatividad local.

¿Qué se puede hacer y qué queda restringido?

En la práctica, una campaña puede organizar reuniones políticas en auditorios, salones, sedes, teatros, centros de convenciones u otros espacios cerrados. Para que el evento no genere cuestionamientos, debe haber condiciones mínimas de control, como un lugar delimitado, acceso regulado y ausencia de ocupación del espacio público.

Lo que queda restringido durante ese periodo son los desfiles, manifestaciones, concentraciones o actos políticos en lugares públicos. Por eso, el problema no se resuelve solo mirando cuántas personas asistieron. Un evento puede ser masivo y aun así estar dentro de la regla si ocurre en un recinto cerrado. Pero también puede ser cuestionado si, aunque se presente como cerrado, funciona en la práctica como una concentración abierta.

El contenido del evento también importa. La Ley 1475 de 2011 define la propaganda electoral como toda forma de publicidad dirigida a obtener votos a favor de partidos, movimientos, listas, candidatos, el voto en blanco u opciones de participación ciudadana. Eso significa que no todo encuentro político es ilegal, pero sí puede ser revisado si busca promover una candidatura en condiciones prohibidas.

La misma ley fija los tiempos de la propaganda. La que se realiza en medios de comunicación social puede hacerse dentro de los 60 días anteriores a la votación. En el caso de propaganda en espacio público, la regulación tiene reglas propias dentro de los meses previos a la elección.

El día de la votación las reglas son más estrictas

El margen se reduce aún más el día de las elecciones. Durante la jornada electoral, el Decreto 0188 prohíbe la propaganda político-electoral, así como manifestaciones, comunicados o entrevistas que constituyan promoción o apoyo a candidaturas, partidos o movimientos políticos.

La restricción también incluye carteles, pasacalles, vallas, afiches y propaganda móvil, estática o sonora. En otras palabras, ese día no se pueden hacer actos o mensajes que busquen influir directamente en la decisión de los votantes.

La norma, sin embargo, aclara que esa prohibición no puede usarse para limitar la actividad periodística ni el derecho a informar. Los medios pueden cubrir la jornada, entrevistar y hacer reportería, siempre que esa cobertura no se convierta en promoción directa de una candidatura.

Si se presenta una denuncia por un evento de campaña, la revisión debe partir de hechos concretos: si el lugar era cerrado, si hubo control de acceso, si se ocupó espacio público, si el acto fue una reunión política permitida o si funcionó como propaganda prohibida.

En caso de una posible infracción, la autoridad competente, incluido el Consejo Nacional Electoral, puede revisar la conducta según las reglas aplicables. Por eso, la discusión no deja una regla nueva, sino una advertencia para todas las campañas: en la última semana antes de votar, el lugar, el formato y el mensaje pueden definir si un evento está permitido o si termina bajo revisión electoral.

Más KienyKe
La familia del capitán Henry Lozano pidió apoyo urgente a Colombia y Honduras para localizar el barco Júpiter, desaparecido en el Caribe desde el pasado 4 de mayo.
El equipo inglés se consagró campeón después de superar en la gran final al Rayo Vallecano.
Disney y Pixar confirmaron que Bad Bunny hará parte de ‘Toy Story 5’ dando voz a Pizza con Gafas de Sol, un nuevo personaje de la saga.
Esta noche, en Uruguay, Santa Fe deberá ganar y esperar otros resultados para clasificar a los octavos de final de la Copa Libertadores.