Laura Moreno y Jessy Quintero absueltas en segunda instancia por duda razonable

Mié, 19/05/2021 - 14:34
Laura Moreno y Jessy Quintero, señaladas de ocultar el supuesto asesinato de Luis Andrés Colmenares, fueron absueltas en segunda instancia por duda razonable.

El Tribunal Superior de Bogotá confirmó la absolución de Laura Moreno y Jessy Quintero, las dos jóvenes que fueron señaladas de haber hecho un pacto de silencio para ocultar el supuesto asesinato del estudiante de ingeniería en la noche de Halloween de 2010.

Esta decisión, que fue leída por el magistrado Jairo José Agudelo Parra, ratificó el fallo proferido en 2017 por Paula Astrid Jiménez Monroy, Jueza Once Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá. 

Laura Moreno fue señalada de homicidio agravado a título de coautora, mientras que Jessy Quintero fue procesada como presunta autora de encubrimiento en concurso heterogéneo con falso testimonio. 

Para el magistrado del Tribunal Superior de Bogotá, ni la Fiscalía ni la defensa de las acusadas lograron demostrar su teoría del caso. Para el ente investigador todo se trató de un homicidio mientras que para los abogados de Laura y Jessy se trató de un accidente. 

Por esa razón, en esta decisión de segunda instancia se aplicó el principio in dubio pro reo, que significa que, en caso de duda, se favorecerá al acusado.

"En este caso, al no existir certeza frente a los medios de convicción que se practicaron en el juicio se resuelve en favor de las acusadas bajo este principio", explicó el abogado Cristian Pereira a KienyKe.com. 

A propósito, el magistrado Jairo José Agudelo Parra, tras un extenso análisis del caso, indicó: "La situación planteada a lo largo de esta providencia conduce a optar por el principio in dubio pro reo que implica ante la duda resolver en favor del acusado. Ella porque en últimas, luego de analizar todas las pruebas e incidencias practicadas en juicio oral, condenar como lo reclaman los apelantes no es posible por cuanto el tribunal no alcanzó, definitivamente, un conocimiento más allá de toda duda, no solo respecto al delito de homicidio sino a la responsabilidad que le sería con sustancia. Tampoco desde luego sobre la inocencia de las acusadas".

Y agregó: "En tales circunstancias y en sano criterio valorativo, no hay otra salida posible, ya que el estándar de prueba que en los términos del artículo 381 del Código de Procedimiento Penal se demandan para condenar no se verifican al punto que resulta insostenible predicar que la teoría del caso de la Fiscalía fue demostrada, tampoco la defensa, todo ello en el marco de la libre valoración de la prueba. Y no se trata de un estado de duda expresión de la subjetividad de la sala, sino del estudio racional y objetivo de la prueba y su valoración".  

Cabe resaltar que el magistrado también lanzó duras críticas al trabajo del perito Máximo Duque, quien en octubre de 2011 presentó un informe en el que expuso los resultados de una segunda necropsia luego de hacer una exhumación al cadáver de Luis Andrés Colmenares en en el cementerio de Villa Nueva, La Guajira.

Según indicó, el procedimiento estuvo "plagado de errores", pues no se cumplió con los estándares requeridos para este tipo de casos y las técnicas que fueron empleadas "no permitieron validar las pruebas". 

Por ejemplo, señaló que en el procedimiento se alteró la posición original del cadáver, que había una mezcla de los restos con otros materiales y que, incluso, las fisuras evidenciadas en el cráneo de Luis Andrés Colmenares podrían haber sido tras la exhumación.

Además, resaltó que el perito Máximo Duque ni siquiera portó para tal proceso la indumentaria necesaria, por lo que concluyó que "no se aplicó ninguna clase de rigor en los métodos, ni se aseguró de que hubieran condiciones que garantizaran la no alteración de la evidencia".

Reviva aquí toda la lectura del fallo: 

Un repaso por la muerte de Colmenares
 

El 30 de octubre de 2010, Luis Andrés Colmenares salió de su casa a eso de las 8:45 de la noche acompañado de sus amigos Gonzalo Gómez y Laura Moreno. Los tres partieron en una camioneta con destino a la discoteca Pent House, ubicada en la Zona Rosa de Bogotá, donde se encontraron con otros compañeros de universidad. 

Según el relato que reposa en el fallo, hacia las 2:30 de la madrugada del 31 de octubre, Luis Andrés salió del establecimiento y se dirigió, junto a Laura Moreno y Jessy Quintero, hacia la Calle 85 con Carrera 15 para comer un perro caliente.

Las dos jóvenes indicaron que, minutos más tarde, Colmenares recibió una llamada, corrió desesperadamente y terminó cayéndose en el caño del parque El Virrey. 

En el proceso se detalló que Laura persiguió al joven y que vio el momento en el que se cayó al canal. Jessy, por su parte, los buscó en un carro en compañía de los otros asistentes a la fiesta y se enteró de que Luis Andrés tuvo el accidente porque Moreno le contó por teléfono. 

En el documento se dice que, horas más tarde, miembros del cuerpo de bomberos llegaron al lugar de los hechos y realizaron la búsqueda de Luis Andrés Colmenares pero no lo hallaron. Estos habían sido referenciados por Laura Moreno, quien les señaló el punto en el que había caído su amigo.

Sin embargo, en horas de la noche, bomberos de otro grupo que fueron llamados después, fueron al caño El Virrey y encontraron los restos de Luis Andrés Colmenares.

De la acusación de la Fiscalía

Para la Fiscalía, Laura Moreno y Jessy Quintero hicieron un pacto de silencio para encubrir las razones de la muerte de Luis Andrés Colmenares.

En el escrito de acusación, el fiscal de ese entonces indicó que "basado en el fenómenos de las livideces cadavéricas, el cuerpo tuvo que haber permanecido en otro lugar por más de doce horas en posición cubito dorsal. Que las heridas hemorrágicas que presentaba indican que la sangre debió haber desaparecido por el efecto del agua y que lo que se vio es que la sangre estaba fresca y que la misma particularidad reflejaba las heridas en el rostro”. 

Según el fiscal, en las interceptaciones telefónicas que se le realizaron a Laura y Jessy se determinó que ella le manifestó a su amigo Juan Pablo Valderrama: “Yo vi las cosas”, “Jessy y yo somos las únicas testigos”, “Jessy es mi testigo”. 

El delegado del ente investigador mencionó en el juicio que a Colmenares se le hallaron en su cuerpo múltiples fracturas que hacían pensar que fue víctima de una golpiza, lo cual generó "un estado de inconsciencia que les facilitó a sus agresores ocultarlo en el caño El Virrey en donde falleció producto de fenómenos como depresión del sistema nervioso central, trauma craneoencefálico y asfixia por sumersión en medio líquido".

“Luis Andrés Colmenares fue víctima de una agresión que le generó múltiples traumas, fracturas en su rostro y que por caer en un estado de inconsciencia, sus agresores lo ocultaron en el caño El Virrey", dijo.

Sin embargo, fueron declaradas inocentes en primera instancia. La jueza del caso concluyó, en primer lugar, que las lesiones de Luis Andrés Colmenares obedecieron a una caída sobre la cara y no a golpes propinados por terceros y que "la Fiscalía no demostró un acuerdo alguno entre Laura y Jessy para cometer ilícito alguno".

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