Mario-Huertas
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La caída de Castillo como una cuestión de política americana

La actual crisis que vive el Perú, y que deja ya una veintena de muertos, plantea un dilema jurídico-político para todas las cancillerías del continente que consiste en reconocer, o no, en el marco de la tradición jurídica latinoamericana, a Pedro Castillo Terrones como presidente, según las Doctrinas Estrada y Tobar.

Desde su posesión, el 28 de julio de 2021, Castillo venía afrontado una crisis de gobernabilidad por cuenta de su evidente incompetencia para liderar el gobierno. La polarización que produjo su elección se agudizó con las rápidas denuncias de corrupción que empezaron a pesar sobre sus hombros y que desde la Fiscalía de la Nación apuntaban directamente a La Casa de Pizarro.

Como era de esperar, las tensiones entre los diferentes sectores políticos se trasladaron a las calles tanto a favor de Castillo como en contra. De ahí que, el pasado 10 de noviembre se haya producido “La toma de Lima” con el objetivo de presionar al Congreso para no tramitar la vacancia presidencial.

Y ante la falta de un mecanismo como impeachment por corrupción, quedaba entonces la ya conocida opción constitucional (artículo 113, inciso 2) de decretar la vacancia por “incapacidad moral” que permitió, en su momento, la respectiva destitución de Alberto Fujimori y Martín Vizcarra.

En respuesta a ello, Castillo decretó el Estado de Excepción y, al amparo de este, decidió disolver el Congreso para convocar a nuevas elecciones con el fin de conformar un nuevo Congreso con facultades constituyentes, adicionalmente decretó la reorganización del sistema judicial en conjunto y concentró todo el poder para ejercerlo por vía de decretos-legislativos.

Pero, ante la falta de apoyo del gabinete ministerial y de la fuerza pública, quienes no apoyaron el irrefutable golpe de Estado, llegamos a las imágenes en las que Castillo es detenido in fraganti cuando iba rumbo a la embajada mexicana, el pasado 7 de diciembre, en busca de asilo diplomático.

Así, a las cancillerías americanas se les plantea un problema inmediato que se resume en el reconocimiento o desconocimiento de Dina Boularte (Vicepresidenta de Castillo) como legítima mandataria del Perú. Un tema de política exterior al que ningún Estado podrá escapar.

Precisemos, entonces, en qué consiste cada una de las doctrinas que tenemos en la tradición jurídica latinoamericana para estos casos.

La Doctrina Tobar* asume que ningún Estado debería reconocer a gobierno alguno que tenga su origen en cualquier manifestación anticonstitucional tal como un golpe de Estado, una revolución armada u otra expresión contraria a la carta política.

Contrario a esto, la Doctrina Estada** entiende que ningún Estado o gobierno necesita del reconocimiento de otras naciones para proclamar su soberanía. Confirmando, en consecuencia, los clásicos principios de no intervención y autodeterminación de los pueblos.

Doctrinas jurídicas con implicaciones políticas muy diferentes, pues, la primera tiene un férreo compromiso con la democracia y el orden republicano mientras la segunda se aferra a la noción pretérita de soberanía interna.

En ese sentido, todos los gobiernos del hemisferio evaluarán que el asunto del reconocimiento de un nuevo gobierno en Lima enviará un mensaje tanto al interior del régimen de la O.E.A como a la opinión pública de su propio país y, sobre todo, que dicho mensaje pueda ser lógicamente articulado, al menos en apariencia, con la agenda interna que promuevan.

No hay lugar a duda que esta crisis ocupará un lugar relevante en la agenda multilateral de los principales organismos internacionales del hemisferio y en las relaciones bilaterales de todos los países con la cancillería de Torre Tagle, lo que demandará de los tomadores de decisiones soluciones creativas que no se limiten únicamente a la tradición jurídica en cuestión.

En consecuencia, habrá que esperar prudentemente a que los sucesos en Lima vayan dando forma a la inminente decisión de reconocimiento, mientras se discuta el tema, por ejemplo, al interior del Consejo Permanente de la O.E.A. Precisamente, los gobiernos que quieran optar por una tercera vía, que no implique adoptar excluyentemente las doctrinas Estrada o Tobar, podrán defender vehementemente a Castillo para satisfacer las pasiones de sus electorados y, de manera muy cautelosa, reconocer a Dina Boluarte en función del sacrosanto interés nacional.

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