Nicolás Otero Álvarez

Nicolás Otero Álvarez es abogado especialista en derecho contencioso-administrativo de la Universidad Externado. Se desempeña como asesor y litigante independiente en derecho administrativo, inmobiliario y urbanístico. Lector y fotógrafo aficionado.

Nicolás Otero Álvarez

La decadencia de la libertad en Colombia

A finales del siglo XX, Francis Fukuyama sentenció que el fin de la Guerra Fría y el colapso de la Unión Soviética implicaban el triunfo dialéctico del liberalismo y la democracia sobre la expansión del comunismo. Lo denominó el «fin de la historia» en un sentido hegeliano. A pesar de que su argumento era demasiado romántico para tomarse en serio y, después del materialismo marxista, poco original, su tesis resonó ampliamente entre los optimistas del mundo occidental. Sin embargo, resulta que no era Hegel quien tenía razón, sino la historia en sí misma, ya que todo contexto evoluciona con el tiempo. Paradójicamente, esto también se aplica a la libertad y la democracia.

Recorte de Bildnis des Philosophen Georg Wilhelm Friedrich Hegel (1831), por Jakob Schlesinger
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Recorte de Bildnis des Philosophen Georg Wilhelm Friedrich Hegel (1831), por Jakob Schlesinger

Hoy en día, desde la perspectiva de la Edad Moderna, Occidente es un lugar decadente. Para respaldar esta afirmación, utilizaremos los fundamentos del derecho según Georg Wilhelm Friedrich Hegel, quien consideraba que la realización de la libertad se lograba en tres etapas: el derecho abstracto, la moralidad y la eticidad.

  1. El derecho abstracto representa la faceta externa o de realidad inmediata en la realización de la idea de libertad. Aquí, reconocemos la personalidad jurídica, la propiedad y el contrato como las instituciones formales que permiten la realización de la idea de la libertad.
  2. La moralidad es la faceta reflexiva en la realización de la idea de la libertad. En esta etapa, la voluntad subjetiva (el sujeto moral) actúa en función de fines o motivos concretos que deben evaluarse en relación con su contexto social, es decir, según consideraciones normativas.
  3. La eticidad representa la faceta sintética en la realización de la libertad. En esta etapa, reconocemos que la familia, la sociedad civil y el Estado son condiciones necesarias para el derecho abstracto y la moralidad, ya que permiten la realización de la libertad.

En resumen, la idea de la libertad es el núcleo del espíritu de la sociedad burguesa, ya que facilita la interacción entre los individuos (derecho abstracto) y la búsqueda de sus intereses individuales (moralidad) dentro de la sociedad burguesa (eticidad). Con estas definiciones en mente, podemos realizar un análisis, al menos parcial, de nuestro contexto globalizado y desigual.

Ahora, examinemos el caso particular de la llamada «República» de Colombia. En la etapa abstracta de la libertad, no fallamos en absoluto: nuestro país es un ejemplo de un régimen constitucional ineficaz y un régimen jurídico pseudoliberal. Para quienes leen nuestra Constitución, podría parecer un paraíso terrenal de libertades, garantías y derechos erigidos por la modernidad.

En este país, los jueces tienen deberes que se asemejan a los de la contraparte, lo que brinda una excusa para no aplicar sus poderes de oficio o para evitar distribuir la carga de la prueba. Aquí es donde instamos a los litigantes a ejercer el derecho fundamental de petición para aliviar al secretario del Despacho de su deber de velar por la verdad y la justicia.

Aquellos que dicen que debemos ser comprensivos con el pobre secretario del Despacho también se preguntan por qué debemos obligar a las autoridades a identificar a los infractores de tránsito. Somos un país de sumisión, donde prevalecen frases como «usted no sabe quién soy yo» o «es su palabra contra la mía». Según las reglas de la experiencia, la parte más fuerte siempre debería ganar, lo que fomenta incentivos negativos y convierte la personalidad jurídica en el privilegio de medio millón de propietarios que se permiten redactar contratos de adhesión.

El problema continúa en la etapa de la moralidad. Los colombianos a menudo invocamos la libertad de equivocarse para culpar a otros por su falta de responsabilidad y su incapacidad para discernir lo que es correcto o incorrecto según las normas sociales. Sin embargo, no aceptamos plenamente la vinculatoriedad general del derecho, ya que ha surgido la idea de que «el vivo vive del bobo» y que «hay 50 000 razones para evitar la imposición de una multa».

En cuanto a la eticidad, entendida como la intersección y funcionamiento de la familia, la sociedad civil y el Estado colombiano, ¿podríamos decir que aquí la libertad adquiere sentido? En general, las familias colombianas carecen del tiempo necesario para educar a sus hijos. Además, las dinámicas y estructuras familiares suelen ser demasiado jerárquicas para fomentar las habilidades necesarias para la deliberación democrática.

La desigualdad, las escasas oportunidades económicas y el acceso limitado a la educación superior restringen la libertad individual y colectiva en la sociedad civil. Las organizaciones civiles y los movimientos sociales no tienen la representación ni la capacidad para extender y proteger los derechos y libertades individuales, y se centran en algunos grupos minoritarios que históricamente han sido objeto de discriminación sistemática. Pero la mayoría de la población no recibe su atención, ya que no hay recursos suficientes.

A pesar de que las instituciones del Estado han logrado cierta cobertura de seguridad social, no han podido erradicar la pobreza extrema ni garantizar la cobertura nacional de servicios públicos (especialmente el suministro de agua). Nuestro derecho abstracto tiene un funcionamiento problemático en la moralidad y la eticidad. A aquellos que leyeron nuestra Constitución, debemos decirles: ¡Perdónenos, buenos ciudadanos! En Colombia, la honestidad es un bien escaso y somos incapaces de enunciar todas las excepciones que tiene nuestro régimen constitucional y que nos impiden materializar la libertad.

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Nicolás Otero Álvarez
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