Aspirante a trabajar en Inpec rechazado por tatuajes

Vie, 09/06/2017 - 09:58
Un joven denunció que la Comisión Nacional del Servicio Civil lo rechazó para ocupar una vacante como dragoneante en el Instituto Penitenciario y Carcelario (Inpec) debido a sus tatuajes.

Luego
Un joven denunció que la Comisión Nacional del Servicio Civil lo rechazó para ocupar una vacante como dragoneante en el Instituto Penitenciario y Carcelario (Inpec) debido a sus tatuajes. Luego de recibir la denuncia, la Sección Segunda del Consejo de Estado falló a favor del joven, al determinar que la medida no se le aplica, dado que sus tatuajes no se encuentran en lugares visibles. “Aplicar esa inhabilidad seria irracional y configuraría una situación de discriminación para el actor, pues, el tatuaje no está en un lugar visible y su presencia no guarda relación alguna con las condiciones físicas y psicológicas que debe cumplir una persona que aspire a ocupar el cargo de dragoneante”, establece el fallo. El joven fue rechazado del cargo, al que participaba por concurso de méritos, argumentando que había normas claras que impedían que los guardias tuvieran rastros que permitieran su identificación cuando éstos no tuvieran uniforme ni armas de dotación. [single-related post_id="691606"] Al joven se le aseguró que la medida tiene como finalidad proteger su integridad personal puesto que los tatuajes o cicatrices pueden permitir su identificación personal por parte de los internos, lo que podría ocasionar agresiones contra el personal. Sin embargo, los tatuajes del joven se encuentran ubicados en su brazo y una pierna, por lo que no se encuentran en un lugar visible si se usa el uniforme del Inpec. Por ello, el joven presentó una acción de tutela, bajo el argumento de que sus derechos fundamentales están siendo vulnerados. La tutela, fallada por el Consejo de Estado, estableció que si bien la medida tiene un objetivo legítimo, coarta los derechos fundamentales, puesto que los tatuajes no están en un lugar visible y la medida sólo aplica en caso de que estén. [single-related post_id="685652"] "La Sala agrega que la norma termina siendo no tan eficaz para evitar que el personal de custodia y vigilancia sea identificado por los reclusos y se preserve su seguridad, puesto que los internos conviven con sus guardias tanto tiempo que podrían reconocerlos hasta por sus hábitos y costumbres, por lo que el objetivo de la medida se podría alcanzar recurriendo a otros medios menos lesivos para el disfrute de los derechos fundamentales", señala el fallo.
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