Ministerio de Educación fija incremento en colegios privados

Sáb, 20/09/2014 - 04:43
El Ministerio de Educación, estableció por medio de la Resolución No. 15168 del 17 de septiembre de 2014, los topes máximos de incremento para matrículas y pensiones que deben aplicar los colegio
El Ministerio de Educación, estableció por medio de la Resolución No. 15168 del 17 de septiembre de 2014, los topes máximos de incremento para matrículas y pensiones que deben aplicar los colegios privados para el próximo año, de acuerdo al Manual de Evaluación y Clasificación de establecimientos educativos. Los incrementos para el primer grado ofrecido por cada establecimiento educativo serán en promedio de 4%, salvo los colegios clasificados en 'Muy Superior' en las Pruebas Saber 11 en Libertad Regulada por Puntaje y en 'Muy Superior' y 'Superior' en Libertad Regulada por Certificación. Entre tanto, el promedio ponderado de los incrementos de las tarifas de matrícula y pensión para los demás grados es del 3.2%. De acuerdo con la evaluación institucional de estos establecimientos, cerca del 52% se ubica en el régimen de libertad regulada, el 35% en libertad vigilada y el 13% en régimen controlado, situación que muestra una creciente mejora frente a los años anteriores.
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