Conforme a lo establecido en la Resolución 761 del 1 de abril de 2013 y con el fin de atender la movilidad de los viajeros en el departamento de Cundinamarca , se comunica a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional y demás interesados, la restricción vehicular para el día 7 de agosto de 2018 desde las 14:00 hasta las 22:00 horas.
Aplica únicamente en las entradas de Bogotá, vías del Dpto. Cundinamarca y vía sentido Ibagué - Girardot – Bogotá.
El Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, a través de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional y atendiendo el artículo 3° de la resolución 2307 del 12 de agosto de 2014, estará apoyando el tránsito seguro de los viajeros, implementando los planes de regulación de tráfico pertinentes (reversible, contraflujo, anillos viales), para garantizar el buen desarrollo de la movilidad en las principales vías del país.
El día 7 de agosto de 2018 en el Departamento de Cundinamarca se aplicarán la restricción sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas. Igualmente se aplicará la restricción con dos horas de antelación al horario estipulado en la mencionada fecha en el corredor vial (BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ) para los vehículos de carga que transiten en sentido IBAGUÉ – BOGOTÁ.
Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a la restricción establecida en el presente comunicado.
La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte y en coordinación con la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, autorizará la movilización de vehículos para la asistencia humanitaria y maquinaria para la atención de emergencias, situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial, asimismo de las entidades del sistema (Cruz Roja, Defensa Civil, Ejercito Nacional y Policía Nacional).
El Instituto Nacional de Vías - INVIAS, la Agencia Nacional de Infraestructura - ANI y las CONCESIONES de la red vial nacional, no realizaran obras en la red vial que afecten la movilidad, durante la vigencia del presente comunicado. No obstante lo anterior, en el desarrollo de algunos de los proyectos concesionados, por programación y ejecución del contrato de concesión, se adelantarán algunas labores puntuales en la vía, sobre las cuales existirá, por parte del Concesionario, la señalización adecuada y necesaria que brinde seguridad y movilidad a los usuarios.
Restricción vehicular para el 7 de agosto en Cundinamarca
Lun, 06/08/2018 - 09:50
Conforme a lo establecido en la Resolución 761 del 1 de abril de 2013 y con el fin de atender la movilidad de los viajeros en el departamento de Cundinamarca , se comunica a los gremios, asociaciones