La Procuraduría General de la Nación conceptuó que el decreto legislativo por el cual el Gobierno Nacional declaró la Emergencia Económica, Social y Ecológica (417 del 17 de marzo de 2020) se ajusta a la Constitución.
Tras los comentarios que ha recibido dicho decreto que surgió a raíz de la crisis por el coronavirus, sobre su posible inconstitucionalidad, el ente de control envió su concepto a la Corte Constitucional asegurando que no va en contra de la carta Magna.
La Procuraduría indicó que el texto cumple con los requisitos de carácter material, pues la declaratoria tiene como sustento hechos de conocimiento público de que objetivamente ocurrieron y fueron suficientemente divulgados y advertidos.
En ese sentido manifestó que se trata de situaciones sobrevinientes tal como lo exige la legislación en estos casos, pues el aumento vertiginoso del contagio del covid-19 configura una situación extraordinaria e imprevisible.
Además, el contagio y su potencial expansión es un hecho que amenaza gravemente la salud y el orden social, con incidencia en las condiciones de prestación del servicio hospitalario y, en particular, en la infraestructura para prestarlo.
Agregó el Ministerio Público que la afectación a derechos fundamentales como el de trabajo, evidenciado en la situación general del empleo, el mínimo vital y los riesgos de personas especialmente vulnerables, como los trabajadores informales, y el efecto en el comercio y las empresas, son condiciones efectivamente graves.
En su concepto el órgano de control confirmó que el gobierno acreditó la insuficiencia de los medios ordinarios existentes para enfrentar la crisis generada por la pandemia, y que el decreto legislativo expedido contiene el plan de acción para evitar sus efectos.
Concluyó que la declaratoria de la Emergencia Económica, Social y Ecológica no suspende los derechos humanos o las libertades fundamentales, así como tampoco contiene medidas que supriman o modifiquen las competencias de los órganos que componen el poder público, y en particular la rama judicial.
Vale la pena resaltar que la Corte Constitucional es la única institución judicial que puede definir si algún decreto o norma es inexequible.