Cabal busca apartar a seis magistrados de revisión de curules de paz

Mar, 07/09/2021 - 13:05
La senadora María Fernanda Cabal recusó a seis magistrados de la Corte para que no revisen el acto legislativo que da vida a las 16 curules de paz.

La senadora y precandidata presidencial, María Fernanda Cabal, presentó incidente de recusación contra seis magistrados de la Corte Constitucional, para que se aparten de conocer y discutir la constitucionalidad del Acto Legislativo por medio del cual se crean las 16 curules de paz para las víctimas del conflicto armado colombiano. 

La recusación presentada por Cabal va en contra de los magistrado Antonio José Lizarazo Ocampo, Alejandro Linares Cantillo, José Fernando Reyes Cuartas, Alberto Rojas Rios y las magistradas Diana Fajardo Rivera y Cristina Pardo Schlesinger. 

En el caso del magistrado Antonio José Lizarazo, presidente de la Corte Constitucional y quien fuera asesor del Alto Comisionado para la Paz en el marco de las negociaciones con las Farc, la congresista considera que le asiste el deber de declararse impedido, pues fue funcionario que participó directamente en el proceso, de donde salió la iniciativa.

Sin embargo, Lizarazo ya había declarado que se tenía que declarar impedido, pues participó de las conversaciones en relación con el punto de participación política de las víctimas. 

 

Sobre los otros magistrados del Alto Tribunal, la senadora recordó que ellos participaron en la decisión de revisión hecha por la Corte, en el proceso de tutela que presentó el senador Roy Barreras contra la mesa directiva del Senado de la República, lo que terminó con un fallo que ordenó la promulgación de las curules. 

"Los colombianos que fueron mayoría con el no en el plebiscito, votaron entre otras cosas, para impedir que se colaran falsas víctimas y familiares de miembros de las Farc en las circunscripciones especiales, como intentaron hacer el hermano de alias 'Santrich' y el testaferro de alias 'Ivan Márquez", declaró Cabal. 

Conforme al artículo 28 del Decreto Ley 2067 de 1991, corresponde a los demás magistrados que integran la Sala Plena de la Corte Constitucional decidir si la recusación presentada contra uno de sus magistrados resulta o no pertinente. Si se recusa simultáneamente a dos o más magistrados de una sala -como en este caso- corresponderá al magistrado que no fue recusado tramitar y decidir la recusación.

Es importante señalar que, la ponencia le había correspondido al magistrado Lizarazo, pero como se declaró impedido se hizo una nuevo reparto y el caso quedó en manos de la magistrada Paola Meneses, cercana al presidente Iván Duque, quien fue el encargado de ternarla para su entrada a la Corte. 

Lo anterior es un dato no menor, ya que Meneses votó en contra del acto legislativo que le dio luz verde a las curules cuando la Corte resolvió la tutela que interpuso Roy Barreras y que revivió el acto legislativo que fue recientemente promulgado por Duque. 

 

No obstante, la decisión final sobre el futuro de las curules de paz la tomará la Sala Plena de la Corte, eso sí, con una ponencia seguramente negativa por parte de la magistrada Meneses. 

Luego de que se lleve a cabo el estudio de constitucionalidad, la Registraduría Nacional y el Consejo Nacional Electoral, determinarán la mecánica del proceso electoral para las 16 curules de paz.

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