Senado aprobó polémico proyecto de ley sobre seguridad ciudadana

Mar, 21/12/2021 - 21:00
El Senado aprobó este martes el proyecto de ley sobre seguridad ciudadana presentado por Gobierno Nacional.

A pesar de la polémica que generó el proyecto de ley presentado por el Gobierno Nacional, denominado Ley de Fortalecimiento de la Seguridad Ciudadana, este martes fue aprobado en el Senado y solo se espera la conciliación de los textos aprobados en las dos cámaras.

No obstante, el artículo tres de dicho proyecto, el cual hace referencia a la legítima defensa fue modificado en plenaria luego de una proposición hecha por el senador Rodrigo Lara.

En ese sentido, se eliminaron algunas frases con el objetivo de modular el alcance de la ley.  Una de ellas fue “superación de barreras de la propiedad”.

“Cuando hablamos de utilizar maniobras que superen las maniobras de la propiedad, estamos entrando en un campo supremamente delicado, que son las zonas rurales. Perfectamente podría presumirse la legítima defensa cuando se dispara contra otra persona, por ejemplo, porque simplemente pasó una cerca, cuando el muchacho va a coger frutas o a comerse los mangos o las manzanas de vecino”, argumentó el senador Lara.

El propósito general de este proyecto es ocuparse del tema de los reincidentes, endurecer los castigos para delitos que afectan a la ciudadanía y adoptar otras disposiciones que apuntan a reforzar la seguridad. Sin embargo, desde los sectores de oposición surgieron duras críticas al considerar que es una iniciativa basada en el populismo punitivo y porque, según comentaron algunos congresistas, en nada previene que se cometan delitos.

Las claves para entender la controversia se podrían reunir en cinco artículos, que en términos generales buscan ampliar los escenarios en los que no hay lugar a responsabilidad penal, regular las armas, elementos y dispositivos menos letales, avalar la legítima defensa privilegiada y aumentar la pena de prisión máxima a 60 años. Lo anterior, bajo modificaciones al Código Penal, al de Procedimiento Penal, al de Convivencia y a las normas para la extinción de dominio.

Uno de los principales reparos al proyecto está en el artículo 3, el cual plantea que no habrá lugar a responsabilidad penal cuando, por ejemplo, "se obre en legítimo ejercicio de un derecho, de una actividad lícita o de un cargo público". También cuando se obre por la necesidad de defender un derecho propio o ajeno contra injusta agresión, y sobre la legítima defensa privilegiada señala que es la que se ejerce para rechazar la entrada de extraños a propiedades, por lo que "la fuerza letal se podrá ejercer de forma excepcional para repeler la agresión al derecho propio o ajeno".

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