Imponen sanción a Viva Air por vulnerar derechos de usuarios

Vie, 22/01/2021 - 08:19
Ante la denuncia realizada por usuarios de la aerolínea Viva Air, la Superintendencia de Transporte impuso una millonaria multa al evidenciar la vulneración de los derechos de usuarios.

La Superintendencia de Transporte impuso una multa de $175.560.600 de pesos a Fast Colombia S.A.S. (Viva Air) como sanción, al encontrarla responsable de vulnerar los derechos de los usuarios de transporte aéreo.

Algunas de las razones que encontró la entidad para imponer las sanciones, se encuentra “haber impuesto un término distinto del previsto en la ley para redimir el voucher entregado ante la cancelación de vuelos ocasionada por las restricciones que se presentaron para prevenir la propagación del COVID-19”.

Así mismo, resaltaron que la sanción es realizada “por limitar la utilización del voucher a un solo uso, lo que implicaba que el usuario perdía cualquier saldo a su favor. Ante la sanción proceden los recursos de reposición y de apelación”.

La SuperTransporte adelantó la investigación luego de recibir 23 denuncias en contra de Fast Colombia S.A.S. (Viva Air) por parte de usuarios que, después de realizar una solicitud de reembolso, habrían recibido vouchers para ser redimidos por servicios.

Los usuarios se quejaban por los términos y condiciones establecidos de manera unilateral por la empresa, especialmente porque limitaban su uso a una sola vez, lo que impedía utilizar el saldo restante en la adquisición de otros servicios o la devolución del dinero, y por el término de tiempo máximo otorgado para su redención o uso.

Camilo Pabón Almanza, Superintendente de Transporte, informó, “Gracias a un trabajo arduo desde la Delegatura para la Protección de los Usuarios del Sector Transporte, y como resultado de su permanente labor de acompañamiento y su compromiso por velar por los derechos de los usuarios de los diferentes modos de transporte, la SuperTransporte profiere esta sanción, que busca proteger a los colombianos y recordarles a las compañías la necesidad de cumplir las disposiciones definidas. Con esto también fortalecemos el pilar de Legalidad definido por el Gobierno nacional”.

Frente a las denuncias por el tiempo de redención de los vouchers, en el Decreto Legislativo 482 de 2020 se incorporó una medida en beneficio de las aerolíneas, al permitirles atender las solicitudes de reembolso de los usuarios no en dinero (como es habitual), sino con prestación de servicios de la compañía hasta un año después de que culmine la emergencia sanitaria.

Pero en ninguna disposición de dicho decreto se previó que con la entrega de un título valor (bono, voucher u otro) la empresa se liberaba de tal responsabilidad.

Mediante Resolución 174 del 18 de enero de 2021, se emite la sanción económica en contra de la aerolínea, por infringir el derecho a la libre elección, incluir cláusulas abusivas y no realizar los reembolsos en servicios como se previó en la legislación vigente.

Contra el acto administrativo que decidió la investigación administrativa e impuso una sanción, proceden los recursos de reposición y de apelación, de conformidad con lo previsto en el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Garantizando los principios del debido proceso y el derecho de defensa, y se precisa que el procedimiento sancionatorio iniciado se realizará de conformidad con lo establecido en la ley.

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