La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) sancionó al Banco Popular a pagar una multa de $269,046,492 por incumplir la Ley de Protección de Datos Personales.
Según explicó la autoridad, esta sanción se da luego de luego de concluir que la entidad bancaria se demoró más de diez meses en suprimir de sus bases de datos el nombre de un ciudadano que no quería recibir más información comercial o publicitaria.
La decisión, que se tomó a través de la Resolución 58101 del 22 de septiembre de 2020, surgió con ocasión de la denuncia de un ciudadano que le comunicó al Banco Popular que no autorizaba el uso de sus datos personales para el envío de información comercial - promociones, descuentos y similares- y le solicitó la remoción de su información de las “listas y/o bases de datos de sus campañas comerciales”.
A pesar de lo anterior, según la SIC, el Banco Popular le siguió remitiendo mensajes de texto con información publicitaria a esa persona.
La Superintendencia mencionó que durante la investigación se comprobó que el Banco, de una parte, vulneró el derecho que tienen las personas de revocar su autorización y suprimir sus datos en los casos permitidos por la ley.
De otra parte, indicó que dicha entidad financiera tampoco tramitó debidamente el reclamo presentado por el ciudadano, los cuales deben responderse dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo.
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A partir de esta multa, la SIC exhortó al representante legal del Banco Popular para que adopte medidas pertinentes, útiles, efectivas y verificables con el propósito de evitar que se repitan hechos como estos y respetar y garantizar los derechos de los titulares de los datos.