El Gobierno nacional pidió suspender las órdenes de captura de 29 integrantes del Clan del Golfo, entre ellos alias 'Chiquito Malo', como parte del proceso de conversación sociojurídica con esa organización. La medida busca permitir su traslado a zonas de ubicación temporal en Córdoba y Chocó.
¿Quiénes serían beneficiados?
El Gobierno nacional emitió una resolución, con fecha de abril de 2026, para pedir la suspensión de órdenes de captura contra 29 integrantes del Clan del Golfo, organización que se autodenomina Ejército Gaitanista de Colombia. Según publicó Blu Radio, el listado incluye a Jobanis de Jesús Ávila Villadiego, alias 'Chiquito Malo', señalado como uno de los principales jefes de la estructura tras la extradición de alias 'Otoniel'.
La medida también cobijaría a otros nombres mencionados en el documento, entre ellos Tatiana Andrea Correa Jaramillo, José Francisco Peña y Luis Enrique Martínez Cogollo. El alcance no se limita a órdenes de captura ordinarias, pues, de acuerdo con la información conocida, también incluye órdenes con fines de extradición.
¿Qué busca la medida?
El punto central de la resolución es permitir el desplazamiento de esos integrantes hacia Zonas de Ubicación Temporal, una figura prevista para procesos de diálogo, negociación o sometimiento. En este caso, los puntos definidos serían Tierralta, en Córdoba, y Belén de Bajirá, en Chocó. El traslado comenzaría el 25 de junio de 2026, de forma gradual y progresiva.
La suspensión, sin embargo, no equivale a una libertad plena ni a un cierre de procesos judiciales. La Ley 2272 de 2022 establece que, en zonas de ubicación temporal, puede suspenderse la ejecución de órdenes de captura, incluidas las de extradición, durante el desplazamiento y permanencia en esos lugares. También señala que estas zonas no son zonas de despeje y deben mantener el funcionamiento del Estado de Derecho.
El antecedente reciente
La nueva solicitud llega después de un antecedente clave. En marzo de 2026, el Gobierno revocó una resolución anterior que suspendía órdenes de captura contra alias Chiquito Malo y otros miembros del grupo, luego de que no se iniciara el desplazamiento hacia las zonas temporales previsto para el 1 de marzo.
Ese antecedente explica por qué la nueva resolución no solo reactiva la discusión sobre los beneficios jurídicos, sino también sobre la viabilidad real del proceso. El Gobierno ya había intentado avanzar en la ubicación temporal de integrantes del grupo, pero el traslado no se concretó dentro del calendario inicial.
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Las dudas jurídicas y de seguridad
El debate también tiene un componente institucional. En febrero, la fiscal general Luz Adriana Camargo cuestionó una solicitud previa de suspensión de órdenes de captura y advirtió que la Fiscalía no dejaría de ejercer la acción penal contra cabecillas del Clan del Golfo, incluso si se implementaban zonas de ubicación temporal.
La preocupación aumenta porque el Clan del Golfo llega a este proceso con una estructura fortalecida. Según cifras de la Fundación Ideas para la Paz, la organización pasó de 4.099 integrantes en 2022 a 9.840 en 2025, con presencia en 296 municipios de 17 departamentos.
Lo que sigue será la definición operativa del traslado y la coordinación entre Gobierno, autoridades judiciales y fuerza pública. Si el cronograma se mantiene, la fase más sensible empezará el 25 de junio, cuando deberían iniciar los movimientos hacia las zonas de ubicación temporal.
