Andrés Felipe Arias podrá impugnar su condena

Jue, 21/05/2020 - 14:00
La Corte Constitucional decidió, con cinco votos a favor, concederle al exministro la posibilidad de que su condena sea revisada por un segundo juez.

Después de una larga y tediosa batalla jurídica, Andrés Felipe Arias logró la posibilidad de que su condena sea revisada por otro juez luego de que la Corte Constitucional avalara este jueves 21 de mayo la tutela que su defensa interpuso para poder acceder a esta figura. 

Tras dos salas plenas virtuales, el alto tribunal de justicia le concedió, con cinco votos a favor, "el amparo del derecho fundamental al debido proceso". En consecuencia, ordenó a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia iniciar el trámite para dar curso a la solicitud de impugnación de la sentencia condenatoria proferida en su contra en 2014. 

La Corte Constitucional explicó que la protección que se concede significa que un segundo juez se pronunciará, luego de una valoración amplia e integral, sobre la situación general de su condena.

"Esta garantía está reconocida tanto en la Constitución Política como en instrumentos internacionales vinculantes para el Estado colombiano, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos", argumentó el alto tribunal.

Además, concluyó que para el momento en el que fue proferida la sentencia condenatoria contra Arias, "existía un estándar internacional que exigía que las sentencias en única instancia, incluso en el marco de procesos penales de juzgamiento especial como el de aforados constitucionales tuvieran un mecanismo de impugnación amplio e integral". 

La Sala Plena advirtió, en todo caso, que la decisión que se adopta no permitirá la aplicación de figuras como la prescripción de términos de la acción penal, no tendrá como consecuencia conceder la libertad y debe ser cumplida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, "a través de una Sala conformada por magistrados que no se hayan pronunciado previamente sobre este caso y con las garantías propias de un recurso integral". 

Esta decisión supone un duro enfrentamiento entre las altas cortes, pues la condena de 17 años de prisión que le impuso la Corte Suprema de Justicia  por el escándalo de Agro Ingreso Seguro (AIS) no parecía tener la posibilidad de ser estudiada por un segundo juez. 

Además, se daría paso para que, bajo el principio de igualdad, se revisen los procesos de más de 200 aforados que fueron juzgados bajo una única instancia, entre ellos, los del proceso 8000, la yidispolítica, las chuzadas del DAS, la parapolítica, el carrusel de la contratación y el cartel de la toga.

¿Qué opinan los expertos?
 

El abogado Oscar Sierra Fajardo le dijo a KienyKe.com que este es un hecho muy importante porque da fin a la discusión sobre si dicha garantía es aplicable para los condenados entre 1991 y 2018, antes de que comenzara a regir la reforma constitucional que fijó la doble instancia y creó nuevas salas en la Corte Suprema de Justicia. 

"La garantía es tan clara que no solo es a nivel nacional sino internacional. Todas las personas tienen derecho a que su sentencia sea revisada por un superior, a que la decisión que lo condenó sea confirmada por otra instancia o que la revoque. Es una garantía que supone reconocer que los errores humanos existen también en la labor de administrar justicia", señaló. 

Sierra Fajardo explicó que el efecto práctico de la decisión de la Corte Constitucional es que la sentencia impuesta en contra de Andrés Felipe Arias no está ejecutoriada, así que su defensa la podrá apelar, "de tal manera que se revisaría la decisión por la cual él fue condenado a 17 años". 

"Ahora es importante saber cómo operará su recurso de apelación y ante quien lo podrá ejercer. Esto no tumba su condena en primera instancia, el seguirá en la situación jurídica de un condenado por un primer juez. Puede seguir privado de la libertad, pero se abriría la posibilidad de discutir si, por el paso del tiempo, puede acceder a la libertad o habría una eventual prescripción de los delitos", indicó.

Artículo escrito por: Gabriela García Aguilar. 

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