Datos que no está obligado a entregar en entrevistas

Mar, 07/01/2020 - 06:31
Un empleador no está en la obligación de manifestar ciertos datos privados en la entidad. Si usted se encuentra en una entrevista de trabajo debe tener en cuenta los derechos que posee.

Rafael Du
Un empleador no está en la obligación de manifestar ciertos datos privados en la entidad. Si usted se encuentra en una entrevista de trabajo debe tener en cuenta los derechos que posee. Rafael Duarte Palomino, abogado laboral, docente y consultor de la Universidad Antonio Nariño y la UDCA explicó a Kienyke.com esta situación. Le puede interesar: ¿Qué debe hacer una empresa si un trabajador tiene VIH? Las leyes colombianas protegen el derecho a la intimidad en el artículo 15 de la Constitución Política. Por esta razón, prohíbe a empresas y empleadores solicitar datos personales como enfermedades catastróficas o la inclinación sexual. “El derecho a la intimidad es un derecho que tenemos como individuos. Particularmente uno no debe suministrar en una entrevista de trabajo cuando se tiene enfermedades catastróficas, revelar la inclinación sexual o dar a conocer el desarrollo de algunas actividades”, expuso Duarte. Lea también: Lo que se debe tener en cuenta en la liquidación laboral Sin embargo, hay dos situaciones que obligan al trabajador revelar este tipo de información. “Es importante manifestarlo cuando el cargo le ha generado una exposición, un riesgo al grupo de trabajo o perjudique su salud", añadió el experto. Teniendo en cuenta lo anterior, se debe considerar que cuando una persona ostenta una enfermedad catastrófica debe pensar en su mejoría, necesita atención, y ser precavido con algunas actividades. De esta manera, si el trabajador realiza actividades laborales que desfavorecen su salud debe informar a su empleador. "En ese caso sí está obligado a darlo a conocer”, señaló el abogado. Además, otro dato que no ‘tiene’ que revelarse es el desarrollo de actividades debido a la inclinación que posee una persona.

¿Qué son enfermedades catastróficas?

Se consideran enfermedades catastróficas a aquellas patologías que:
  • Requieren tratamiento continúo.
  • Tienen alto impacto económico.
  • Pueden limitar la funcionalidad  de algunas actividades a quienes las padezcan.
Dentro de ellas están: el VIH, el cáncer, un tumor cerebral, entre otras.
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