Se acerca el plazo máximo para consignar las cesantías

Mié, 12/02/2020 - 11:05
Las cesantías son una prestación social a la quien tienen derecho las personas que cuenten con un contrato laboral. El valor de estas corresponde al salario mensual por cada año de trabajo.

La l
Las cesantías son una prestación social a la quien tienen derecho las personas que cuenten con un contrato laboral. El valor de estas corresponde al salario mensual por cada año de trabajo. La ley establece que esta cantidad monetaria se liquida de forma anual al 31 de diciembre y se deposita a más tardar el 14 de febrero del siguiente año.  De este modo, los empleadores de todo el país tienen hasta el viernes para consignar las cesantías de sus trabajadores. Es importante tener en cuenta que al no realizar este pago, los empleadores recaerá en sanciones moratorias. Dichas sanciones consisten en el pago de un día de salario por cada día de retraso. 

¿Dónde realizar la consignación?

Para realizar la consignación el empleador debe depositar el dinero en  la cuenta del fondo de cesantías que el empleado elija. Sebastián Chacón, director de Economía y Finanzas de la Universidad  Politécnico Gran Colombiano, explicó a KienyKe.com que, "existen diferentes fondos de cesantías. El trabajador puede escoger cuál quiere antes del cierre del año y allí es donde se las debe consignar el empleador". La regulación de las cesantías, está contemplada en el Artículo 249 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) en el que expone, "todo empleador esta obligado a pagar a sus trabajadores, al terminar el contrato de trabajo (…) un mes de salario por cada año de servicios y proporcionalmente por fracción de año”. Por otro lado, el retiro de las cesantías puede ocurrir en dos escenarios: parcial o total. Según el capítulo 3 del Decreto 1072 de 26-05-2015 del Ministerio del Trabajo, los retiros parciales se pueden ejecutar por tres razones: pérdida del empleo, compra o renovación de vivienda y educación. Para el retiro total de este dinero la relación laboral entre el empleador y el empleado debe haber culminado. Así, las cuatro razones son:  terminación del contrato de trabajo, muerte del trabajador, sustitución de empleadores y en caso de prestar servicio militar. 
Más KienyKe
'Act II: Cowboy Carter', es el disco que Beyoncé publicará este viernes y con el que entra en la música country.
En redes sociales, la polémica exparticipante compartió un mensaje que dejaría abierta una posibilidad de su regreso a 'La casa'.
El mandatario brasileño y su homólogo francés calificaron de "grave" el bloqueo de la candidatura de Corina Yoris en Venezuela.
En silla de ruedas, el Sumo Pontífice lavó los pies de las reclusas en la prisión femenina de Rebibbia en Roma.
Kien Opina