Julio Iglesias estuvo en el centro de la polémica tras una revelación publicada por elDiario.es, que expone cómo en 2021 trasladó a varias de sus empleadas internas desde República Dominicana a España con visados de turista, pese a que las mujeres habrían continuado realizando labores domésticas para su familia.
Según la investigación periodística, el artista envió en julio de 2021 una carta al entonces cónsul de España en República Dominicana solicitando “su ayuda en la solicitud de los visados Schengen” para su personal interno, que viajaría a España “para atender a mi familia”. El documento, al que accedió el medio en exclusiva, detalla que todos los empleados eran ciudadanos dominicanos y que Iglesias asumiría gastos como alojamiento, alimentación, seguros y atención médica.
Visados Schengen y trabajo no autorizado
Las empleadas obtuvieron un visado Schengen tipo C, destinado a estancias cortas por motivos de turismo, negocios o estudios, pero no habilitado para empleo remunerado en la Unión Europea. No obstante, según la denuncia, las mujeres habrían continuado realizando en Marbella (Málaga) las mismas funciones que cumplían en la residencia del cantante en Punta Cana.
La información añade que las condiciones laborales presuntamente vulneraban la legislación española: jornadas que superaban las 12 horas, escasos días de descanso, restricciones para salir de la vivienda y salarios cercanos a los 340 euros mensuales, resultado del cambio directo de pesos dominicanos a euros.
Denuncias graves y decisión de la Fiscalía
En las últimas semanas, elDiario.es y Univisión revelaron denuncias presentadas por dos exempleadas contra Julio Iglesias por presunta trata de seres humanos con fines de trabajo forzado, servidumbre, agresión sexual, lesiones y delitos contra los derechos de los trabajadores.
Sin embargo, este viernes se conoció un decreto de la Fiscalía que concluye que la Justicia española no puede investigar el caso al no cumplirse los requisitos legales de jurisdicción y competencia.
Por qué España no tiene jurisdicción
De acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial, para que los tribunales españoles asuman un caso de este tipo deben cumplirse ciertas condiciones: que el denunciado sea ciudadano español, que no exista un proceso en el país donde ocurrieron los hechos o que haya una conexión material con España, como que las víctimas residan en el país.
La Fiscalía precisa que las denunciantes son extranjeras, no residen en España, y que los hechos se atribuyen a países “plenamente competentes”. Además, los denunciados —Julio Iglesias y otras dos personas— no residen en España y tienen nacionalidades distintas (española, colombiana y brasileña).
El ministerio público subraya que el vínculo relevante con España no existe, ya que los hechos no ocurrieron en territorio español ni las partes implicadas se encuentran en el país. También recuerda que la jurisprudencia del Tribunal Supremo impide desplazar la jurisdicción del Estado competente salvo que se demuestre una falta real de investigación, algo que no se ha acreditado porque no se han presentado denuncias en los países donde habrían ocurrido los hechos.
