La Corte Suprema de Justicia decidió archivar la denuncia por calumnia que el ministro del Interior, Armando Benedetti, interpuso contra la defensora del Pueblo, Iris Marín, luego de que la funcionaria señalara públicamente que existían antecedentes e investigaciones por presunta violencia contra la mujer en su contra. El alto tribunal concluyó que las afirmaciones de Marín no eran falsas y se sustentaban en información verificable, por lo que no configuraban el delito de calumnia.
El caso surgió después de que Marín, reconocida defensora de los derechos de las víctimas y con una trayectoria destacada en la protección de los derechos de las mujeres, criticara de manera contundente el nombramiento de Benedetti como ministro del Interior.
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En una declaración pública, la defensora afirmó que el funcionario tenía “antecedentes serios, creíbles y con evidencias disponibles de violencia contra la mujer”, haciendo referencia tanto al incidente político que involucró a la exjefa de gabinete Laura Sarabia —llevado incluso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos— como a una denuncia interpuesta por la esposa de Benedetti en España.
Marín señaló que, según información difundida por medios de comunicación, esa denuncia en territorio español habría incluido una agresión física de gravedad, con un arma blanca, lo que podría incluso acercarse a un intento de feminicidio. Estas afirmaciones llevaron a Benedetti a interponer una denuncia penal por calumnia, alegando que la defensora había difundido hechos falsos que afectaban su honra.
Sin embargo, tras revisar los expedientes oficiales, la Corte Suprema concluyó que las declaraciones de Marín estaban respaldadas por información real. En su decisión, el tribunal señaló que sí existía una investigación por violencia intrafamiliar contra Benedetti vigente al momento de sus declaraciones. “La existencia de denuncia en contra del señor Benedetti Villaneda no es hecho falso”, afirmó la Corte en su pronunciamiento.
El fallo también aclaró que la defensora del Pueblo basó sus declaraciones en hechos contrastados y en información periodística ampliamente difundida, lo cual descarta la intención de calumniar. “La querellada se refirió de manera concreta a una denuncia sobre hechos ocurridos en España, con fundamento en información difundida por medios de comunicación. Eso fue lo que se corroboró; no hay falsedad en el dicho”, precisó el alto tribunal. Agregó además que los hechos adjudicados a Benedetti “resultan objetivamente atípicos”, motivo por el cual no hay lugar a proceso penal.
Como resultado, la Corte Suprema ordenó el archivo definitivo de la investigación contra Iris Marín. La decisión representa un espaldarazo para la funcionaria, quien ha sido una voz firme en la defensa de los derechos de las mujeres y la denuncia de la violencia basada en género, incluso cuando sus señalamientos involucran a figuras del alto poder político.
La determinación del tribunal reaviva el debate sobre la idoneidad del ministro del Interior y sobre cómo deben abordarse, desde las instituciones, los procesos en los que convergen política, justicia y denuncias de violencia contra la mujer.
