No más anonimato para el acoso: la Corte Constitucional avala publicar los rostros

Vie, 16/01/2026 - 09:53
El alto tribunal determinó que la libertad de prensa y el derecho a la información pueden prevalecer cuando se trata de denuncias de acoso sexual de interés público, siempre con rigor y responsabilidad periodística.
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La Corte Constitucional le habló claro al país y, sobre todo, a una historia larga de silencios impuestos: el derecho a la información y la libertad de prensa pueden prevalecer cuando se trata de visibilizar denuncias de acoso sexual de interés público. No para linchar. No para condenar sin juicio. Sino para romper una cultura que durante décadas protegió más el nombre del señalado que la dignidad de la víctima.

Este fallo no es menor. Es un mensaje político, jurídico y social: el anonimato, en muchos casos, ha sido el mejor aliado del abuso. El escudo que permitió que conductas reiteradas se normalizaran, que las víctimas se sintieran solas, incrédulas, expuestas, mientras sus agresores seguían intactos, respetados, invisibles.

Publicar un rostro no es dictar sentencia. Pero ocultarlo sistemáticamente sí ha sido, históricamente, una forma de perpetuar la impunidad social.

La Corte entendió que en los casos de violencia sexual el problema no ha sido el exceso de exposición, sino la ausencia de ella. El archivo cerrado. El “mejor no hagamos ruido”. El “eso se queda así”. La denuncia que no encuentra eco y se estrella contra el miedo, la vergüenza o el poder.

Avalar la publicación de imágenes, con rigor, contexto y responsabilidad periodística, es reconocer que el periodismo cumple una función constitucional: poner luz donde durante años hubo oscuridad, y dar espacio a voces que el sistema aprendió a minimizar.

Aquí no se está desmontando la presunción de inocencia.

Pero sí se está reivindicando otro derecho igual de fundamental: el de las víctimas a ser escuchadas, creídas y protegidas.

Porque la violencia sexual no ocurre en el vacío. Tiene patrones, repeticiones, silencios compartidos. Y muchas veces, solo cuando un nombre y un rostro salen a la luz, otras víctimas se atreven a decir: “a mí también”.

Este no es un fallo contra los hombres. Es un fallo contra la cultura del encubrimiento. Contra la comodidad de mirar hacia otro lado. Contra el pacto tácito de silencio que ha sido, en demasiados casos, una segunda forma de violencia.

La Corte no convirtió a los medios en jueces. Les recordó su papel más profundo: no condenar, no absolver, pero sí iluminar.

Hoy la justicia constitucional dijo algo que el país necesitaba oír: la verdad no tiene por qué esconderse. Y el acoso no puede seguir amparado en el anonimato.

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