Gonzalo Guillén no es víctima en el caso Uribe según la Corte Suprema

Jue, 08/07/2021 - 19:24
La Corte Suprema de Justicia le negó a Gonzalo Guillén la acreditación como víctima en el proceso que cursa contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por supuesta manipulación de testigos.

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia le negó a Gonzalo Guillén la acreditación como víctima en el proceso penal que se adelanta contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por supuesta manipulación de testigos.

El reconocido periodista interpuso una tutela en contra de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá porque, supuestamente, violó sus derechos fundamentales a "la libertad de expresión, el debido proceso, la confianza legítima, la prevalencia del derecho sustancial y el acceso a la administración de justicia". 

Gonzalo Guillén se presentó en abril de este año ante la jueza 28 penal del circuito con funciones de conocimiento de Bogotá para que se le entregara tal acreditación en medio de este proceso alegando "daño a su prestigio, honra y buen nombre".

Según dijo, el abogado Jaime Lombana, uno de los defensores de Álvaro Uribe, hizo manifestaciones deshonrosas en su contra y este perjuicio causado está relacionado con los hechos por los que se adelanta el trámite penal en contra del exmandatario por la supuesta comisión de los delitos de fraude procesal y soborno a testigo en actuación penal.

"Esto, debido a que, por sus labores periodísticas en seguimiento de los diversos procesos penales en contra del exmandatario, se desataron toda clase de conductas, persecución, improperios, injurias, calumnias y vejámenes contra mi pupilo, lo cual consta en muchas citas del Auto del 3 de agosto de la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia (…) como también en pruebas y grabaciones lícitas recabadas dentro del radicado 52.240, incluida la declaración rendida por el Sr. Lombana en presuntos falso testimonio y fraude procesal de manera concertada dentro del proceso para desviar la investigación en favor del procesado”, indicó el abogado de Guillén.

Sin embargo, la jueza de primera instancia le negó esta solicitud y esta determinación fue ratificada por el Tribunal Superior de Bogotá al considerar que los daños alegados no tienen relación con este caso. 

El tema escaló hasta la Corte Suprema de Justicia y, en la decisión compartida este jueves 8 de julio, se indica que "se descarta que el auto controvertido pueda calificarse como arbitrario o caprichoso, pues sus consideraciones, esbozadas en 35 folios, están debidamente sustentadas en la ley aplicable, la jurisprudencia vinculante y las pruebas obrantes en la actuación, por lo que devienen de una interpretación razonable y no puede predicarse alguna vía de hecho que afecte los derechos constitucionales del actor".

Y agrega: "Lo alegado en la demanda ya fue expuesto, casi en idénticos términos, ante los jueces de instancia, quienes emitieron los pronunciamientos correspondientes, se reitera, alejados de la configuración de algún defecto de procedibilidad de la tutela cuando se atacan decisiones judiciales. En verdad, lo que advierte la Sala es que el accionante pretende convertir el mecanismo de amparo en una nueva instancia donde se haga eco de sus pretensiones, lo cual es abiertamente improcedente". 

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