Magistrado Jorge Caldas emite salvamento de voto en caso de Luis Alfredo Ramos

Sáb, 02/10/2021 - 16:04
El salvamento de voto emitido por Jorge Emilio Caldas Vera deja en entredicho la condena de 8 años de prisión de Luis Alfredo Ramos por parapolítica.

El Magistrado Jorge Emilio Caldas Vera presentó un salvamento de voto a la decisión de condena impuesta por el procesado Luis Alfredo Ramos por considerar “con toda firmeza y convicción que en la labor de administrar justicia debe prevalecer el juicio razonable”.

En el salvamento asegura que “el procesado debe se absuelto bajo el entendido que en nuestro ordenamiento jurídico-penal se sanciona a la persona por sus actos y no por ser quien es”. El documento de 107 páginas manifiesta que es fácil percibir “alto contenido especulativo en la valoración de la prueba y la ligereza para llegar a conclusiones de responsabilidad inexistente”.

Asegura que bajo su juicio, no hay un vínculo claro entre Luis Alfredo Ramos y los ya condenados Óscar Suárez Mira y Álvaro Araujo Castro, quienes fueron condenados por acuerdos políticos con grupos delincuenciales comunes y paramilitares de Antioquia. “no se puede deducir la responsabilidad penal de Ramos Botero solo porque el contexto socio-político lo describa así, cuando los testigos del cargo no pueden dar cuenta efectiva de esas relaciones entre el procesado y las AUC”.

El salvamento también deja en entredicho, apelando a la falta de pruebas, sobre el hecho de que Juan Carlos Sierra le haya entregado 10 millones de pesos a Ramos para la campaña al Senado de la República del período 2002-2006, por intermedio de Francisco Albeiro Zapata. “se condena cuando el juez adquiera certeza más allá de toda duda sobre la responsabilidad del procesado y que se debe absolver en caso contrario”. Para el magistrado Caldas, las declaraciones de los testigos no son suficiente prueba para que Ramos sea vinculado con las AUC y el Bloque Centauros.

Aunque testigos aseguran que Ramos se habría recibido por parte de Carlos y José Vicente Castaño, a través de Carlos Enrique Areiza una suma de 800 millones de pesos para su campaña como Gobernador de Antioquia, para el magistrado Caldas Vera “Los videos ofrecidos por los testigos jamás fueron entregados a la Corte o a autoridad alguna (…) el señor Carlos Enrique Areiza Arango aseguraba tener pruebas – videos – de parapolítica de Luis Alfredo Ramos Botero, pero jamás aportó las mismas”.

El documento afirma que en los “supuestos aportes económicos del Bloque Metro y el Cartel de la Gasolina que la Sala mayoritaria concluyó fueron recibidos por Luis Alfredo Ramos Botero a cambio de quitarles la presión de la fuerza militar (…) no se logra arribar a la certeza respecto de la reunión que pone en conocimiento el testigo José Raúl Mira Vélez, los apoyos al acusado y la retribución de este”.

Finalmente, el magistrado Caldas asevera que realiza el salvamento de voto por considerar que se basa en testimonios que no están debidamente fundamentados: “el fallo del que disiento utiliza consistencias entre los dichos de diferentes testigos, asimilando relatos, sin reparar en la manera en que estos fueron vertidos, pasando por alto que la mayoría consisten en dichos de oídas, narraciones que no ofrecen una relación precisa (…) tampoco se aportan al plenario otros medios de convicción que refuercen o hagan consistentes las versiones incriminatorias vertidas por los testigos”, puntualizó.

Vale recordar que la Corte Suprema de Justicia condenó en primera instancia a Luis Alfredo Ramos y lo inhabilitó para ejercer funciones públicas durante 95 meses por autor responsable del delito de concierto para delinquir con la finalidad de promover grupos armados ilegales.

Ramos también deberá pagar una multa de 7.749,65 salarios mínimos legales mensuales vigentes (cerca de 8 mil millones de pesos), por el delito en el que incurrió y según cita la sentencia, “no son procedentes la condena de ejecución condicional ni la prisión domiciliaria”, por lo que deberá pagar la pena en un centro de reclusión.   

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