El Juzgado Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá negó la libertad condicional para María del Pilar Hurtado, condenada a 14 años de prisión por el escándalo de las chuzadas del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).
El despacho judicial determinó, tras analizar los elementos allegados, que no se cumplen los requisitos exigidos para que la exdirectora del DAS acceda a este beneficio.
Sin embargo, en el historial de su proceso, se indica que se le reconoció una redención de pena por trabajo, la cual equivale a un mes y 20 días.
Cabe recordar que, en abril de 2014, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia condenó María del Pilar Hurtado por su responsabilidad y conocimiento de las llamadas chuzadas del DAS, escándalo que se trató de una serie de interceptaciones ilegales a un grupo de magistrados de las altas cortes, periodistas, abogados y congresistas de oposición del gobierno de Álvaro Uribe Vélez, a quienes se les catalogó como "blancos políticos".
Según el alto tribunal, entre los años 2007 y 2008, mientras Hurtado estuvo al frente del DAS, se desplegaron diferentes comportamientos al margen de la ley.
En el fallo se indicó que ella, con la ayuda del también condenado Bernardo Moreno, quien fue director del departamento administrativo de presidencia entre 2004 y 2010, organizó, dirigió y promovió la concertación para cometer delitos en contra de estas personas con el ánimo de obtener ilegalmente información a través de los organismos de inteligencia, con el fin de "desprestigiarlas a través de la entrega de dicha información reservada a terceros y a medios de comunicación".
En los alegatos, la defensa de María del Pilar Hurtado alegó que ese proceso no garantizaba los derechos mínimos de la exdirectora del DAS por tratarse de una juzgamiento en única instancia. Además, porque varios de los hechos tienen relación directa con la Corte suprema de justicia y, curiosamente, era la misma institución la que tenía el deber de adelantar esa actuación.
En ese momento, los abogados de Hurtado alegaron que los hechos "eran de carácter político", originado en el notorio enfrentamiento que existió entre la Corte Suprema de Justicia y el entonces presidente Álvaro Uribe Vélez.
Pero, a pesar de esas alegaciones, el alto tribunal la condenó por los delitos de peculado por apropiación, concierto para delinquir agravado, falsedad ideológica en documento público, violación ilícita de comunicaciones y abuso de autoridad por acto arbitrario o injusto.
En los últimos días se conoció que la Corte Suprema aceptó revisar su condena. María del Pilar Hurtado presentó solicitud de impugnación especial acogiéndose a lo señalado por la Corte Constitucional en el caso del exministro Andrés Felipe Arias, en la que se le dio la posibilidad de que un segundo juez revise su sentencia de 17 años de prisión por el escándalo de corrupción de Agro Ingreso Seguro.
El alto tribunal indicó que, de acuerdo con los parámetros trazados por el fallo que benefició a Arias, resulta procedente conceder la impugnación de la exdirectora del DAS dado que la condena emitida en su contra data del año 2014, fecha posterior a la fijada por la Corte Constitucional como límite temporal para la aplicación de la doble conformidad judicial.