Cámara aprueba en su totalidad la reforma al Equilibrio de Poderes

Mar, 09/06/2015 - 12:52
La Cámara de Representantes aprobó en último debate la integridad de la reforma de Equilibrio de Poderes, una de las propuestas legislativas más importantes del actual gobierno que contemplaba, e
La Cámara de Representantes aprobó en último debate la integridad de la reforma de Equilibrio de Poderes, una de las propuestas legislativas más importantes del actual gobierno que contemplaba, entre otros aspectos, la eliminación de la reelección para los principales poderes políticos en Colombia. Al tratarse de un acto legislativo tuvo que pasar por ocho debates, cuatro en Senado y cuatro en Cámara, y también incluye la eliminación de la Comisión de Acusaciones de la Cámara y la creación de un Tribunal de Aforados. Además de la eliminación de la reelección presidencial, la reforma también prohibe la reelección de magistrados de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, la Comisión de Aforados, el Consejo Nacional Electoral, el Fiscal General, el Procurador General, el Defensor del Pueblo, el Contralor y el Registrador general. También incluye la creación de una curul para la Cámara de Representantes para los raizales de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Además se amplía la figura de la ‘silla vacía’ para los miembros de corporaciones públicas condenados por delitos contra la administración pública "es decir, se castigará la corrupción", señaló el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo.

La reforma además  elimina el Consejo Superior de la Judicatura y se crea la Comisión Nacional de Gobierno y Administración Judicial que estarán a cargo del Consejo de Gobierno Judicial y la Gerencia de la Rama Judicial para definir las políticas de la rama, el reglamento de la carrera judicial y aprobar  el presupuesto.

A partir de que se reglamente, la forma de elegir Contralor General y territoriales cambiará. El General será elegido por el Congreso en pleno de lista conformada por convocatoria pública. Los contralores departamentales, distritales y municipales no podrán ser reelegidos y serán elegidos por las asambleas departamentales, concejos municipales y distritales mediante convocatoria pública.

Se prohíbe el 'yo te elijo y tú me eliges': los servidores públicos no podrán contratar, postular o nombrar a familiares o personas que hayan intervenido en su postulación para el cargo y se acaba la “puerta giratoria” entre magistrados de altas cortes y  órganos de control. La elección de magistrados de Corte Suprema y Consejo de Estado será por convocatoria pública.

Otro aspecto a resaltar es que hasta dos partidos políticos podrán hacer coaliciones siempre y cuando no hayan obtenido menos del 15 por ciento de los votos válidos en las elecciones. Una ley regulará en la materia.

Finalmente la reforma establece que se garantizará una curul en el Senado para el candidato presidencial que pierda las elecciones.

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