Código no vulnera derechos a niños con discapacidad: ICBF

Vie, 31/05/2019 - 05:00
Ante la preocupación de algunos sectores sobre la posible vulneración de los niños en situación de discapacidad con el nuevo código de Infancia y Adolescencia, Juliana Pungiluppi, directora del
Ante la preocupación de algunos sectores sobre la posible vulneración de los niños en situación de discapacidad con el nuevo código de Infancia y Adolescencia, Juliana Pungiluppi, directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), respondió a las inquietudes y afirmó que con el Plan Nacional de Desarrollo (PND) solucionará las problemáticas. El Comité de Rehabilitación de Antioquia reportó que desde que la Ley 1878  de 2018 empezó a funcionar en enero de ese mismo año, por una mala interpretación de la norma se produjo la salida masiva de menores de edad de los programas que atendían a niños con discapacidad, por lo que pedían una reforma de la ley. Frente a esta situación Pungiluppi, aseguró que dentro de la norma se modificaron unos artículos con el objetivo de que los niños, niñas y adolescentes que están bajo la protección del Estado, es decir, bajo el cuidado del ICBF, fueran reintegrados a sus familias o declarados en adoptabilidad en un tiempo máximo de 18 meses. "En la mayoría de los casos de los casos de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes con discapacidad ubicados en externados (es decir que todavía permanecen con sus familias), no existe vulneración de derecho", expresó la funcionaria en diálogo con Kienyke.com.  Para Pungiluppi, se trata de una inobservancia de derechos, "es decir una falta de oferta inclusiva por parte del sector educativo y servicios de cuidado por parte de las Alcaldías Municipales", asegura.
"Realmente no es un error de interpretación, sino una falta de oferta por parte de otros sectores", dijo. 
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¿Es necesario reformar la norma?

El ICBF afirma que es innecesario modificar la ley ya que los niños en situación de discapacidad seguirán siendo atendidos a través de las modalidades de Protección de la organización de manera transitoria hasta que los sectores competentes dispongan de la oferta necesaria. De acuerdo al Comité de Rehabilitación de Antioquia la Ley 1878 de 2018 busca que la atención de los niños se dé en el menor tiempo posible, "en ese orden de ideas la ley pone un marco de atención para el instituto y sus servicios de 6 meses. Prorrogable hasta 18 meses", aseguró Sonia Gallardo, su directora. Sin embargo, se encuentra un gran vacío a la hora de diferenciar las necesidades de cada menor que recibe la atención de la Institución. Para enfrentar esta situación la directora del ICBF afirmó que a través de "Comités Técnicos Consultivos se están revisando este tipo de casos atípicos, y se hacen recomendaciones a las Defensorías y Comisarías de Familia para que puedan aplicar la excepción de inconstitucionalidad".

PND atenderá a los niños con discapacidad

En el artículo 211 del PND se manifiesta que las Defensorías y Comisarías podrán mantener los Procesos Administrativos de Restablecimiento de Derechos (PARD) abiertos y continuar atendiéndolos a través de modalidades de ICBF, hasta que los otros sectores dispongan de la oferta necesaria. Asimismo, Juliana Pungiluppi manifestó que el ICBF buscará la implementación de la ley estatutaria 1618 de 2013, que estableció en su artículo 5 que las entidades de todos el país, en el marco del Sistema Nacional de Discapacidad, sean los responsables de la inclusión real y efectiva de las personas con discapacidad,. "Así deben asegurar que todas las políticas, planes y programas, garanticen el ejercicio total y efectivo de sus derechos", expresó ¿Y los menores de edad que ya salieron de estos programas? "Cuando las Defensorías y Comisarías de Familia cierran los procesos, solicitan que estos NNA sean vinculados a instituciones educativas y atendidos por el sector salud. De otra parte, el ICBF los focalizará a través de la nueva oferta programática de la Dirección de Niñez y Adolescencia", garantizó la funcionaria del ICBF.

El ICBF respondió a la Procuraduría

La procuradora Delegada para la Niñez hizo unas observaciones a los artículos del Plan Nacional de Desarrollo, de los parágrafos transitorios sugeridos a la Ley 1878, ante esto la directora del ICBF reafirmó su posición. "El ICBF consideró que no es necesario modificar la ley para ello, pues de hecho, ya se están adelantando medidas en ese sentido", expresa la carta. De igual manera, afirmó que la Dirección General del ICBF solicitó a las Direcciones de Protección y Niñez adelantar los trámites correspondientes para asegurar el traspaso programático que asegure la continuidad de atención a estar población sin necesidad de un PARD. "Lo anterior en el entendido que, durante los últimos meses, más de 13.000 niños, niñas y adolescentes y adultos con discapacidad se quedaron sin oferta de cuidado en el proceso de cumplir los términos de la Ley 1878", afirma la misiva. Además, aseguraron que mientras se resuelve estructuralmente el problema de la oferta para esta población en el marco del Sistema Nacional de Discapacidad, el ICBF asumirá su cuidado para evitar que se vulneren sus derechos. En este documento podrá encontrar en detalle la respuesta del ICBF a la Procuraduría.
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