El debate por la liberación del oso Chucho

Vie, 28/07/2017 - 04:51
Una decisión histórica por los derechos de los animales tomó la Corte Suprema de Justicia este jueves al determinar que los animales son seres sintientes y sujetos de derechos.

Una decisión histórica por los derechos de los animales tomó la Corte Suprema de Justicia este jueves al determinar que los animales son seres sintientes y sujetos de derechos. Esta decisión sin precedentes la tomó al concederle un habeas corpus al oso de anteojos 'Chucho', y se ordenó su libertad del zoológico de Barranquilla, al que fue trasladado en junio pasado, y se ordenó que regrese a su habitad natural, la reserva natural Río Blanco de Manizales donde ha vivido por 18 años. La  Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia determinó que los animales sí tienen derechos, luego de que el abogado Luis Domingo Gómez Maldonado presentará un habeas corpus contra  la Corporación Autónoma Regional de Caldas (Corpocaldas), al considerar que su retención desde hace 41 días representaba un riesgo muy alto para el animal. Lea también: El oso de matar un oso “Los animales son sujetos de derechos sintientes no humanos, que como tales tiene prerrogativas en su condición de fauna protegida a la salvaguarda por virtud de la biodiversidad y del equilibrio natural de las especies, y especialmente la de naturaleza silvestre. Como tales, deben ser objeto de conservación y protección frente al padecimiento, maltrato y crueldad injustificada”, señaló la Corte. La Corte falló y estipuló que el mamífero tendrá que regresar a su habitad natural en un periodo no mayor a 30 días. “Los animales deben estar libres de incomodidad, sin hambre y sed, libres para desplegar los comportamientos naturales. Como los animales son capaces de sentir y sufrir, la ley los protege, debiendo ser sujetos de derechos, por ende, son titulares de la prerrogativa a la libertad, así sea, a vivir una vida natural y a tener un desarrollo, con menor sufrimiento”, establece el fallo.
“No se trata de darles derechos a los sujetos sonrientes no humanos, iguales a los de los humanos equiparándolos en un todo, para creer que los toros, los loros, los perros o los árboles, etc, tendrán sus propios tribunales, sino de reconocerles los correspondientes, los justos y lo conveniente a su especie”, agrega la Corte.
Esta decisión, el segundo fallo de este tipo en América Latina, da un giro jurisprudencial a la protección de animales, que no se centra en el debate sobre el sufrimiento de animales, sino en que estos son sujetos de derechos, aunque no de deberes. Además: Primera condena por asesinato de un oso de anteojos “No se trata de la modificación de una postura jurídica desde una perspectiva exclusivamente biológica o moralista, o desde el dolor con criterio de sensiblería fruslera y trivial porque los animales sufren, sino desde una textura filosófico jurídica diferente y creadora; desde un compromiso existencia radical con la vida del hombre mismo, de las futuras generaciones, de las especies, de la conservación de la naturaleza como lucha individual y colectiva”, dice la determinación.
“Es urgente dimensionar las fronteras entre el hombre y la naturaleza, entre lo humano y lo no humano, aniquilando la separación también entre lo cultural y lo natural entre todos los sujetos de derecho. No dar este paso es mantener y concitar la destrucción inmisericorde de nuestro hábitat natural”, establece el histórico fallo.
Cabe recordar que los animales tienen garantizados unos derechos básicos: no sufrir de hambre ni sed; no sufrir injustificadamente malestar físico ni dolor; que no les sean provocadas enfermedades por negligencia o descuido; no ser sometidos a condiciones de miedo ni estrés; y poder manifestar su comportamiento natural.

El oso Chucho

Hace 19 años, el oso Chucho llegó a la reserva ambiental de Río Blanco en Manizales, apenas era un cachorro, y su traslado se hizo como parte de un programa de repoblamiento del oso andino en el país. Le puede interesar: El 60% de los primates del mundo en vía de extinción Chucho vivió en cautiverio en un área de media cuadra, pero con la muerte de su compañera, hace 9 años, se deprimió y comenzó a escaparse. En ese entonces se comenzó a notar su deterioro físico, debido a la falta de un habitad ideal, el contacto con animales de su especie y la mala alimentación. En la reserva manifestaron que no “podían garantizar su salud y bienestar”. Por eso, hace 41 días se le trasladó al zoológico de Barranquilla. Sin embargo, esto agravó su condición. El abogado Luis Domingo Maldonado consideró que la privación de libertad no presentaba una mejora en su caso, sino que empeoraba sus condiciones de vida.

El Zoológico de Barranquilla rechaza la decisión

El Zoológico de Barranquilla rechazó la decisión de la Corte Suprema que ordena la libertad del oso “Chucho” y aseguró que es una entidad idónea para alojar al animal, teniendo en cuenta su experiencia de más de 40 años en el manejo de la especie. También: Solo queda un rinoceronte blanco en el mundo El zoológico aseguró que, aunque es respetuosa de la decisión judicial, está evaluando la posibilidad de utilizar mecanismos legales para garantizar el bienestar del oso. Además, aseguró que el fallo de la Corte no hace claridad sobre el lugar donde debía trasladarse, y suspende el proceso de adaptación y acercamiento del oso con la hembra.
"El oso, (...), no puede ser liberado bajo ninguna circunstancia, teniendo en cuenta que se encuentra habituado al contacto humano desde su nacimiento y siempre ha dependido de las personas para subsistir".
"Desde su llegada a Barranquilla, el oso cumplió un período de cuarentena, con el fin de garantizar su estado de salud. El ejemplar se encuentra actualmente en buenas condiciones y ha mostrado una rápida adaptación a su nuevo entorno. Adicionalmente, ha respondido positivamente al acercamiento con la hembra de la misma especie, que habita en el Zoológico desde 1999", afirmó la fundación. Vea también: Antioquia tendrá corredor para el oso de anteojos Respecto al fallo, Farah Ajami Peralta, directora ejecutiva de la Fundación, manifestó, en primer lugar, que la protección animal no implica que los animales sean sujetos de derechos, sino que más bien les impone a los humanos obligaciones para garantizar esos derechos. Con respecto al hábeas corpus, aclara que es un mecanismo de protección de la libertad de las personas, exclusivamente, y que se utiliza de manera equivocada el concepto de cautiverio como sanción, cuando éste es un mecanismo de protección.
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