Se prohiben las cláusulas de permanencia

Vie, 08/11/2013 - 05:57
La Comisión reguladora de Comunicaciones (CRC)  publicó finalmente el borrador del proyecto de ley que busca  eliminar las cláusulas de permanencia. Según la CRC esta medida regulatoria no es el
La Comisión reguladora de Comunicaciones (CRC)  publicó finalmente el borrador del proyecto de ley que busca  eliminar las cláusulas de permanencia. Según la CRC esta medida regulatoria no es el primer esfuerzo del Estado por hacer más transparente la relación entre los operadores y los usuarios. En el 2012 el Representante David Barguil Assis presentó el Proyecto de Ley No. 161 de 2012, proponiendo la separación de contratos. Alrededor de 46 millones de suscriptores de telefonía móvil  serán los beneficiados con esta norma que le dará fin a las incontables quejas de los millones de colombianos que viven agobiados debido a la deficiente calidad de los servicios de telefonía. “Si hay mala calidad, alta tarifa, y equipos sobrevalorados ¿cuál es la razón para tener contratos de 1,2 y 3 años?” aseguró el Representante David Barguil. A continuación los puntos fundamentales que constituyen el proyecto que entraría en vigencia  antes de finalizar el año: Se acaban las cláusulas de permanencia: Los operadores de telefonía móvil no podrán incluir en los contratos cláusulas de permanencia cuando un usuario adquiera un equipo. Esto significa que los contratos se pactarán de modo independiente, uno por el servicio y otro por la compraventa de equipos. Lo anterior implica que las compañías tendrán que discriminar el precio total de los equipos celulares y de los contratos de prestación de servicio de telefonía. Las personas tienen derecho a saber cuánto están pagando y poder comparar precios y tarifas con otros operadores. Régimen de transición: Cuando la resolución se haga oficial los usuarios que se encuentren en una cláusula de permanencia podrán cambiarse libremente al operador de telefonía que prefieran subrogando el contrato a otra compañía. Dicho proveedor puede asumir el pago de la deuda que implica terminar el contrato anticipadamente. Es decir, el usuario cumplirá el resto del tiempo de la cláusula bajo las mismas condiciones pero con un operador que se ajuste a sus necesidades. Portabilidad numérica: En caso de que exista una cláusula de permanencia al momento de solicitar el traslado del número, el nuevo proveedor podrá pagar los valores asociados a la terminación anticipada del contrato y el usuario podrá trasladarse a otra compañía conservando su número inicial.
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