¿Cómo inscribirse como testigo electoral?

Vie, 20/05/2022 - 15:22
La Registraduría Nacional amplió el plazo para que las agrupaciones políticas postulen a sus testigos electorales.

La Registraduría Nacional del Estado Civil hace un llamado a toda la ciudadanía para que se postulen como testigos electorales para las elecciones presidenciales que tendrán lugar el próximo domingo 29 de mayo. 

Como parte del plan estratégico, la institución amplió el plazo para que las agrupaciones políticas puedan postular a sus testigos en las 102.152 mesas de votación que se instalarán en todo el país y en el exterior.

Al 18 de mayo, y tal como lo informó el registrador, las agrupaciones políticas han postulado a 1101 testigos electorales. La Coalición Equipo por Colombia ha postulado 126 principales y 5 remanentes, mientras que la coalición Pacto Histórico ha postulado a 943 principales y 27 remanentes.

El registrador nacional del Estado Civil, Alexander Vega Rocha, había advertido a las campañas electorales que hacían presencia en el pasado Comité Nacional de Seguimiento Electoral del 16 de mayo, que a pocos días de las elecciones, las agrupaciones políticas habían postulado tan solo 377 testigos electorales.

“Es un número muy bajo teniendo en cuenta que lo que hicimos en el plan de garantías fue ampliar el plazo por un mes. La idea de extender este plazo es que las agrupaciones políticas se organizan y presentan el mayor número de testigos y no les tomará la tarde la próxima semana, pero aun así, estamos prestos a trabajar hasta el fin de semana de elecciones para inscribir testigos”, afirmó el registrador nacional, Alexander Vega Rocha.

De acuerdo con el Plan de Acción de Garantías Electorales, el plazo para que las agrupaciones políticas postulen sus testigos inició el pasado 29 de abril y se extenderá hasta el 27 de mayo, dos días antes de las elecciones presidenciales de 2022.

Acreditación de testigos electorales 

 

Tenga en cuenta que los testigos electorales son los veedores naturales del proceso electoral, que por mandato legal representan a los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscribieron candidatos y quienes durante los comicios ejercerán una función pública transitoria.

En este sentido, y de acuerdo con la Ley 1475 de 2011, los testigos electorales vigilarán el proceso de las votaciones y de los escrutinios, con lo cual podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades.

Sabiendo esto, si desea acreditarse como testigo electoral, debe seguir los siguientes pasos: 

  1. Estar designado por algún partido, movimiento político o social constituido ante el Consejo Nacional Electoral. 
  2. Enviar listas al Registrador del Estado Civil Especial o Municipal según él caso, donde aparezcan los nombres y apellidos completos, el número de documento de identidad, la zona, puesto y mesa o la comisión escrutadora correspondiente donde actuaran.
  3. Haber inscrito candidatos a cargos de elección popular en la circunscripción donde solicita la acreditación de testigos.

Aunado a ello, deben tener en cuenta que según la Registraduría, durante la jornada de las votaciones, los testigos de electorales tienen que verificar que:
 

  1. Los votantes asisten libremente, sin hostigamientos, que sufraguen en secreto y que depositen el voto sin presión o interferencia de ninguna clase.
  2. Observar que todos los ciudadanos voten con cédula de ciudadanía amarilla con hologramas.
  3. Velar porque ninguna persona o autoridad interfiera indebidamente en los procesos de votación y en los escrutinios.
  4. Velar que las mesas de votación no funcionen con menos de dos jurados de votación y que las tarjetas electorales no sean sustraídas del recinto de votación.​​​​​​​
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