La decisión del Consejo de Estado condenó al Estado a responsabilizarse por la toma guerrillera a la base militar del cerro de Patascoy (Nariño) que se registró en diciembre de 1997. La determinación del alto tribunal es un antecedente judicial y político: los miembros de la fuerza pública también pueden ser reconocidos como víctimas del conflicto armado interno.
El hecho ocurrido en 1997 es recordado como uno de los ataques más inescrupulosos y macabros de las Farc en el siglo pasado. La guerrilla había reunido a unos 200 de sus hombres para escalar los 4.100 metros sobre el nivel del mar que tiene el cerro de Patascoy.
Es una zona de páramo, bastante fría y llena de neblina, en la que 34 militares se encargaban de custodiar equipos de comunicaciones estratégicos del Ejército.
Hacia las 4 de la madrugada de ese 21 de diciembre, los rebeldes consiguieron rodear la base en completo silencio, camuflándose en la bruma y la densa oscuridad; en sus posiciones lanzaron una lluvia de bombas artesanales sobre el complejo, haciendo arder el frío cerro.
Aturdidos, los sobrevivientes trataron de ubicarse en posición de defensa, con tan mala suerte que los guerrilleros los sorprendieron y a los que se resistían, los ultimaban. Al resto los secuestrarían.
Del operativo, 11 solados resultaron muertos y 18 más terminaron heridos. Cinco más habían conseguido escapar. Uno de los secuestrados fue Pablo Emilio Moncayo, quien duraría 12 años en cautiverio y se convertiría en un hito de la tragedia humanitaria del secuestro.
Ante esta historia, que bien podría ser considerada otra de las crudas anécdotas de la guerra en Colombia, el Consejo de Estado determinó que los militares que perecieron en dicho ataque de las Farc deberían “recibir la calificación de víctimas dentro del conflicto interno armado”, de acuerdo a un análisis del concepto de “víctima” que los magistrados hicieron a la luz del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario".
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“…aunque una persona esté prestando su servicio militar obligatorio, en ningún momento deja de ser ciudadano sujeto de protección de sus derechos humanos, por lo que es deber del Estado garantizar su salvaguardia”, declaró la Sección Tercera de dicha Corte, al tiempo de indicar que en la condición de víctima también debían ser incluidos los familiares.
Para el Consejo de Estado hay testimonios que comprobarían que la Nación -en este caso a través del Ejército- tenía indicios de la inminencia de un fuerte ataque guerrillero sobre la base y no se adoptaron las medidas necesarias para prevenirlo.
Incluso, la justicia considera el caso de jóvenes soldados que no llevaban más de seis meses en servicio y, por tanto, no tendrían la suficiente experiencia para reaccionar ante un ataque como el vivido.
Es más, para el máximo tribunal de lo contencioso administrativo los militares fueron víctimas desde antes del ataque, debido al entorno “inhumano” de la base, “pues se conocía el caso de soldados que murieron por hipotermia debido al frío extremo sin las condiciones para soportarlo; el acceso al cerro no era fácil, lo que dificultaba el suministro de provisiones y ocasionaba que se pasara el día sin comer; y el relevo no era oportuno, pues a este lugar solo llegaba un helicóptero que dejaba a las tropas a ocho horas de la base”.
Los militares, como agentes al servicio del Estado, habrían sido expuestos a los riesgos, debilidad y fallas que no fueron evitados en la base de Patascoy y que desembocaron en el ataque guerrillero.
Los militares de Patascoy fueron declarados víctimas sujetos a reparación estatal no solo por el ataque guerrillero, sino por irregularidades previas sufridas en la base.
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“Fue, por lo tanto, la omisión protuberante, ostensible, grave e inconcebible del Estado de la que se desprende su responsabilidad, quien estaba en la obligación de ofrecer, por lo menos, una intervención proporcionada y adecuada a las circunstancias riesgosas creadas por el mismo, como se constató al afirmarse la inconveniencia de la existencia en ese lugar de la Base Militar”, afirma el fallo.
Lo histórico y lo problemático
Para reparar a estas víctimas, el Ejército deberá pagar más de 920 millones de pesos a las familias y facilitar a las autoridades judiciales, como la Fiscalía, que adelante las investigaciones de las posibles violaciones de derechos humanos del que fueron objeto.
“…que se condene solidariamente a los entonces tenientes coronel responsables de la seguridad de la base y exhortó al Gobierno Nacional a tomar las medidas del caso para que no se vuelvan a presentar las irregularidades detectadas en ese caso y para que acuda a instancias internacionales de protección de DD.HH y DIH, si lo considera pertinente, para garantizar el derecho de las víctimas; Finalmente, ordenó un acto público de reconocimiento de responsabilidad, petición de disculpas y reconocimiento a las familias de los fallecidos”, indicó el Consejo de Estado.
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El hecho genera un precedente histórico y problemático al mismo tiempo. En primer lugar, el fallo sienta jurisprudencia para futuros casos en los que militares o familiares de ellos que murieron o fueron secuestrados en medio del conflicto -entiendo esto como una consecuencia de la guerra- podrían reclamar reparación como víctimas.
En segundo lugar, en las discusiones de paz de La Habana, las Farc han sido renuentes en reconocer a ciertos actores militares como víctimas. Ellos exigen un trato de igual con sus adversarios naturales, y si el argumento es que esos otros combatientes pueden ser reparados, ellos como la contraparte también podrían reclamar ese derecho.
Además, basándose en el argumento inicial de la Corte, los guerrilleros de las Farc seguirían siendo ciudadanos colombianos a pesar de estar en armas, con lo que cometerían un delito político de rebelión que no necesariamente les hace vulnerables a recibir otros derechos, como el de la reparación.
Aunque no se teme que esta decisión abra una caja de pandora, sino que en cambio sirve de ejemplo como reconocimiento a las víctimas de la Fuerza Pública, es probable que inicie un nuevo debate sobre la posibilidad de nombrar o no a los actores armados como víctimas de su guerra.
La Corte falló sobre Patascoy, ¿otro inconveniente para los diálogos de La Habana?
Vie, 24/10/2014 - 06:39
La decisión del Consejo de Estado condenó al Estado a responsabilizarse por la toma guerrillera a la base militar del cerro de Patascoy (Nariño) que se registró en diciembre de 1997. La determina