Confirmados los tres días sin IVA en Colombia; ya no serán en dos meses

Jue, 16/09/2021 - 14:01
El presidente Iván Duque confirmó los tres días sin IVA para final de año en Colombia. Una iniciativa que va dentro de la Ley de Inversión Social.

El presidente de la República, Iván Duque, confirmó desde España que los tres días sin IVA en Colombia se realizarán entre octubre y diciembre, y no en solo dos meses como se había rumorado meses atrás. 

Recién se sancionó la Ley de Inversión Social, el martes 14 de septiembre, varios sectores propusieron que los tres días sin IVA en Colombia se cumplieran en los meses de octubre, noviembre y diciembre. 

La propuesta surgió de una reunión entre José Manuel Restrepo, ministro de Hacienda, Lisandro Junco, director de la DIAN, Jaime Alberto Cabal, presidente de Fenalco y algunos comerciantes. 

En el encuentro se sugirió que los tres días sin IVA en Colombia se realizaran los próximos 22 de octubre, 19 de noviembre y 3 de diciembre de este 2021, con el fin de evitar aglomeraciones por la época decembrina.

Tras oír y leer la propuesta, el presidente Iván Duque apoyó la sugerencia del sector económico del país, pero realizó un pequeño cambio. Es decir, que según el mandatario, los tres días sin IVA en Colombia serán los próximos 28 de octubre, 19 de noviembre y 3 de diciembre.

"Los comerciantes podrán liquidar inventarios y se estimulará el consumo, no solo de manera presencial sino aprovechando los canales virtuales", señaló la Presidencia de la República.

Teniendo en cuenta que este ejercicio de reactivación económica tuvo una buena respuesta en el año 2020, celebrados el 19 de junio y el 3 y 19 de julio, el presidente Iván Duque invitó a la ciudadanía a participar con total responsabilidad y a seguir los protocolos de bioseguridad. 

Según expertos, los tres días sin IVA en Colombia darán una inyección en la economía del país, la cual creció un 17,6 % en el segundo trimestre del 2021. 

¿Cuáles son los productos que entran en los tres días sin IVA en Colombia de la Ley de Inversión Social?

 

De acuerdo con el artículo 38 de la Ley de Inversión Social, estos son los siete productos que se podrán adquirir durante los días establecidos por el Ministerio de Hacienda:

1. Vestuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a veinte (20) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas -IVA. 

2. Complementos del vestuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a veinte (20) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas -IVA.

3. Electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones, cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a ochenta (80) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas - IVA. 

4. Elementos deportivos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a ochenta (80) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas -IVA.

5. Juguetes y juegos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a diez (10) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas -IVA. 

6. Útiles escolares cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a cinco (5) UVT, sin incluir el Impuesto sobre las Ventas -IVA. 

7. Bienes e insumos para el sector agropecuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a ochenta (80) UVT, sin incluir el impuesto sobre las ventas -IVA. 

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