Voces a favor y en contra de que delitos sexuales contra niños no prescriban

Dom, 14/06/2020 - 18:02
KienyKe.com consultó a dos expertos su opinión acerca del proyecto que pretende que la acción penal en el caso de los delitos sexuales contra los menores de edad sea imprescriptible.

Uno de los proyectos que logró avanzar esta semana en las discusiones de la Comisión Primera del Senado es el que busca que la acción penal en el caso de los delitos sexuales contra los menores de edad sea imprescriptible. La iniciativa, de autoría de la representante Katerine Miranda, está a un debate de convertirse en ley. 

El proyecto de imprescriptibilidad de delitos sexuales contra menores pretende modificar el inciso tercero del Artículo 83 de la Ley 599 de 2000 (Código Penal) el cual dice que, en estos casos, “la acción penal prescribirá en 20 años a partir del momento en que la víctima alcance la mayoría de edad”.

La representante Katerine Miranda señaló que “ya es momento de que el silencio de las víctimas no tenga fecha de vencimiento”, razón por la que, este proyecto, que ya cuenta con un concepto favorable por parte del Consejo de Política Criminal, permitirá mayor acceso a la justicia y ayudará a combatir la impunidad.

Según dijo, esto ayudará a que se reduzcan las cifras de violencia sexual contra menores. Contextualizó que de 2015 a 2018 se presentaron 67.092 casos, donde el 49% fue en menores de 10 a 14 años, el 22% entre los 5 a los 9 años, el 14% en dos rangos de edad entre los 0 a 4 años y de 15 a 18 años. “El 86% de los eventos se realizaron en niñas y el 14% en niños con un total de 57.794 y 9.298 respectivamente”, puntualizó. 

¿Por qué sí y por qué no a la imprescriptibilidad de este delito?
 

KienyKe.com consultó a dos expertos su opinión acerca del proyecto de imprescriptibilidad para delitos sexuales contra menores. Uno dijo que este sería un “plan B” o una opción “más favorable” al proyecto que pretende imponer la cadena perpetua. Otro, por su parte, señaló que sería inconstitucional y que podría tener un efecto contrario al de proteger a las víctimas.  

Gerardo Barbosa, abogado penalista y asesor de organizaciones protectoras de niños y niñas, mencionó que, aunque la imprescriptibilidad no sería una solución definitiva para este tipo de crímenes, sería una opción razonable porque las víctimas podrían denunciar sin límite de tiempo y esto contribuiría a reducir los índices de impunidad.  

Según dijo, una de las estrategias que suelen utilizar los abusadores es dilatar los procesos para no responder nunca por sus actos, lo que tiene como consecuencia que la acción penal de estos delitos termine en prescripción. 

Otro punto a favor para Barbosa es que la imprescriptibilidad ayudaría a que este tipo de delitos se dejen de cometer en los entornos familiares. A su criterio, esto será un tipo de “freno” para que violenten sexualmente a los menores porque los abusadores sabrán cuáles serán las consecuencias. 

“El silencio de las víctimas puede desaparecer cuando la persona ya ha crecido o cuando tiene la mayoría de edad y quiere que se haga justicia. Eso se convertiría en un elemento disuasorio porque las personas saben que van a tener la posibilidad de por vida a que se les investigue y sean condenadas”, afirmó.

Barbosa señaló que, aunque una de las dificultades que se podrían presentar es la recolección de pruebas, cree que la posibilidad de que una víctima denuncie, así sea después de mucho tiempo, es una gran ayuda para que se haga justicia en su caso. 

“Me parece que dejar abierta la alternativa de que se investigue así sea de manera tardía es una gran ayuda. El fin que se busca es legítimo, es no darle un elemento de impunidad a los abusadores que se están beneficiando frecuentemente porque los casos terminan en prescripción con estrategias de dilación”, insistió. 

El abogado penalista Juan Felipe Amaya no estuvo de acuerdo con estas apreciaciones. Aseguró que, por el contrario, no cree que el proyecto de imprescriptibilidad tenga mayor utilidad y que este podría tener un efecto contrario al de garantizar que las víctimas tengan un verdadero acceso a la justicia. 

Según dijo, “no existe una problemática real que haya que resolver en este sentido”, pues no todos los casos de delitos sexuales contra menores en Colombia terminan precisamente por temas de prescripción. 

“Si en realidad los casos se estuvieran perdiendo por prescripción de la acción penal ahí sí existiría una problemática, pero no es así. Las normas que existen son garantistas en la medida que establecen un término de prescripción de 20 años para este tipo de delitos. Además, tienen una ventaja, y es que el término de prescripción inicia cuando la víctima del delito cumple los 18 años de edad”, explicó.

Amaya señaló que la prescripción es en sí misma una garantía para las víctimas, debido a que da un término razonable para que se investigue, judicialice y se sancione a los responsables.

“Es una garantía en la medida de que si existe un término perentorio de prescripción, pues el Estado sabe que tiene que agilizar su investigación para responder a estas denuncias, darle una respuesta definitiva y sancionar a los culpables”, mencionó.

Dijo que, si el delito se vuelve imprescriptible, se le quitaría esa presión al Estado para que resuelva con prontitud estos casos y “en ese escenario sí habría impunidad”. 

“La justicia se mueve precisamente cuando existe algún riesgo latente de prescripción. Los funcionarios no quieren arriesgarse a que los casos prescriban porque es una responsabilidad grande que estos no lleguen a buen término porque no se tomaron las medidas adecuadas. Dejar que no exista un término de prescripción es generar que no haya esa presión para que el Estado le dé una respuesta rápida y efectiva a las víctimas”, finalizó. 

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