El Comité de Apelación de la Federación Española de Fútbol (RFEF) decidió este viernes estimar parcialmente el recurso del Valencia y redujo de cinco a tres partidos el cierre de la grada Kempes en el estadio del Valencia, el Mestalla, y rebajó la multa de 45.000 a 27.000 euros.
Apelación denegó ayer la petición del Valencia de suspender cautelarmente, de forma urgente o urgentísima, la sanción impuesta por el Comité de Competición, que el pasado martes 23 decidió la clausura parcial del recinto por los insultos racistas dirigidos por espectadores al madridista Vinícius Júnior, en el encuentro de Liga jugado el día 21.
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El comité indicó que no podía conceder la cautelar, "por ser imposible valorarla sin la existencia de recurso", y accedió a la petición del club de trasladarle el "expediente" para que remitiera su reclamación, que ha sido estimada en parte.
El Valencia basó su recurso en la nulidad de la resolución de Competición, por no seguir ésta el procedimiento y provocarle indefensión, al no haber podido analizar el vídeo de los hechos al habérselo enviado el mismo solo unas horas antes, y acreditó "el cumplimiento diligente de sus obligaciones y la adopción de las medidas de prevención exigidas".
El club planteó que, de no admitirse sus argumentos, los hechos no deberían calificarse un modo tan grave como se hizo y se debía apreciar la concurrencia de una circunstancia atenuante.
¿Qué dice la resolución emitida sobre el caso del Valencia?
En su resolución de hoy, Apelación afirmó que no se puede exonerar al club de su responsabilidad en los hechos, que encajan en la tipificación del Comité de Competición.
También que, aunque éste adoptó bastantes medidas, "se ha demostrado que fueron insuficientes, a la vista de los precedentes de incidentes en ese sector de la grada y ante el ambiente notoriamente hostil que rodeó al partido (en relación también al jugador al que se dirigen los insultos, desde su comienzo o antes incluso)".
"Aunque entendemos que no se puede exonerar al club al ser correcta la tipificación y no existir una disposición de medidas suficientemente intensa, creemos que no se tuvieron suficientemente en cuenta en la resolución de instancia las acciones implementadas por este, en el sentido de lo dispuesto en el Código Disciplinario (arts. 12 y 15), incluida la atenuante que alega el Club recurrente", señaló.
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Por ello el comité concluye que "cabe estimar parcialmente el recurso, reduciendo la sanción a clausura parcial por un periodo de tres encuentros y la correspondiente rebaja de la multa a 27.000 €”.
La decisión que se había tomado sobre lo sucedido en Valencia
El Comité de Competición sancionó al Valencia con la clausura parcial de la Grada Kempes durante cinco partidos, más una multa de 45.000 €, por la comisión de las infracciones muy graves tipificadas en los artículos 69.1.c), 69.2.d) y 76.1 del Código Disciplinario de la RFEF, tras los insultos racistas a Vinícius en el partido de la última jornada de Liga, que estuvo interrumpido unos minutos porque el jugador se encaró con los autores que estaban en la grada.