Hasta este 11 de marzo, Colombia tiene 9 casos positivos de coronavirus (Covid-19) en las ciudades de Bogotá, Medellín, Buga y Cartagena. Por esta razón conviene analizar una medida laboral que podría prevenir el contagio del virus.
Diego Buitrago, investigador y docente de derecho de la Universidad CES explicó a kienyke.com cuáles son las variables a considerar con el teletrabajo.
En primer lugar, es importante precisar el concepto de teletrabajo, ya que este no se refiere precisamente a la labor en casa.
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De acuerdo con el experto, el teletrabajo se define como una modalidad o forma de desarrollar las actividades laborales cotidianas de una empresa y este se puede realizar fuera de las instalaciones de la organizaciones. “No es trabajo de casa porque es una actividad cotidiana y ordinaria”.
El teletrabajo se ha definido como una actividad periódica que puede ser dos días mínimos a la semana. Las condiciones están consignadas internamente en el marco del trabajo, y es un acuerdo voluntario del trabajador y el empleador.
¿Qué empresas pueden adoptar esta medida?
“Cualquiera, ya sea pública o privada. Siempre y cuando se establezca una reglamentación o una política interna de cómo se realizaría este tipo de trabajo”, manifestó Buitrago.
De esta manera, la compañía determina las actividades que se realizarán y con qué tipo de contrato. Así, establecerá las condiciones del teletrabajo en las tres modalidades que existen.
- Autónomo. Generalmente se desempeña fuera de la empresa y, eventualmente se asiste a reuniones.
- Móviles. No tienen un lugar establecido, trabajan con herramientas tecnológicas fuera de la oficina de manera permanente.
- Suplementario. Laboran dos o tres días fuera del trabajo, los demás se lo hacen en la compañía.
Cabe destacar que el teletrabajo, es una opción voluntaria. No puede ser una imposición porque se determina luego de un acuerdo entre las dos partes.
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¿Se puede solicitar el teletrabajo?
Sí, “el trabajador inclusive le puede proponer al empleador desempeñar una función por medio del teletrabajo”, precisó el docente.
Posteriormente, se establecen todas las características de este. Por ejemplo, el salario, los horarios, la seguridad social, los riesgos sociales. “No cambia nada las garantías laborales y los temas de seguridad social”, agregó el experto.
“El teletrabajo podría ser una opción preventiva para evitar el contagio y no poner en riesgo la colectividad de los empleados”.
Ventajas del teletrabajo
- Movilidad. Las personas no tiene que desplazarse trabajarán desde un punto que puede ser la casa o la oficina.
- Espacios laborales. Ya no es necesario contar con un espacio laboral amplio ya que el personal no están fuera de allí.
- Calidad vida. El empleador y el empleado puede escoger los horarios en lo que se va a laborar ya que en este caso se cumple no se hace con tiempo sino por metas y objetivos a cumplir.
- Seguridad social. Aún se mantiene las garantías laborales.
Buitrago indicó que claramente existen más ventajas que desventajas en el teletrabajo, sin embargo, el empleador debe diseñar esta propuesta bien fundamentada para que funcione adecuadamente.
Más acerca del teletrabajo
El trabajo en casa es una situación eventual, cuando el trabajador por alguna razón se queda, lo que lo diferencia del teletrabajo. Esta última es una modalidad de trabajo reglamentada, establecida por la ley y acordada por las partes en donde existe un acuerdo previo para hacer este tipo de actividades.
