¿Qué pasa si Deyanira Gómez y Gonzalo Guillén son acreditados como víctimas?

Vie, 09/04/2021 - 07:50
Deyanira Gómez, exesposa de Juan Guillermo Monsalve, y el periodista Gonzalo Guillén solicitaron ser acreditados como víctimas en el proceso que cursa contra el expresidente Álvaro Uribe.

Deyanira Gómez, exesposa de Juan Guillermo Monsalve, y el reconocido periodista Gonzalo Guillén solicitaron ser acreditados como víctimas en medio del proceso que cursa contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por supuesta manipulación de testigos. 

La solicitud se realizó el pasado martes 6 de abril ante la jueza 28 de conocimiento, quien deberá definir si acoge los argumentos de la Fiscalía General y precluye, o no, la investigación que se adelanta contra el exmandatario por la presunta comisión de los delitos de soborno y fraude procesal. 

El abogado Miguel Ángel del Río, quien se presentó en la audiencia como el representante de Deyanira Gómez, pidió ante la funcionaria judicial que su clienta sea reconocida como víctima porque, por aportar información en este caso donde su expareja sentimental es considerado el testigo estrella, ha sido blanco de persecución laboral, seguimientos y supuestas amenazas de muerte.

Además, indicó que Deyanira Gómez también sufrió "un daño patrimonial", debido a que le ocuparon con fines de extinción de dominio una finca llamada La Veranera, que es de su propiedad.

A su turno, el abogado Roberto Mauricio Rodríguez, defensor de Gonzalo Guillén, solicitó que también se le reconozca como víctima en este proceso alegando "daño a su prestigio, honra y buen nombre".

Señaló que, por ejemplo, se ha visto afectado por las ocasiones en las que el abogado Jaime Lombana, uno de los defensores del exmandatario, lo ha tachado de "bandido". Por ejemplo, la vez que dijo en una declaración ante un magistrado que el periodista trabajaba en favor de Carlos Mattos, procesado por supuesta corrupción, cosa que Guillén aseguró es falsa.

La jueza 28 de conocimiento aplazó la audiencia de Álvaro Uribe para este viernes 9 de abril con el fin de tomar una decisión de fondo después de haber escuchado en la pasada diligencia los argumentos de las partes.

Cabe resaltar que el fiscal Gabriel Jaimes le pidió a la funcionaria judicial rechazar la solicitud de Deyanira Gómez y Gonzalo Guillén para ser reconocidos como víctimas tras considerar que es improcedente desde el punto de vista constitucional y legal.

El delegado del Ministerio Público apoyó la postura del ente investigador porque lo alegado no tiene relación con este caso. Sin embargo, dejó claro que sí cree que hay conductas que podrían ser delitos y que la Fiscalía las debe investigar.

Tras tomar esta decisión, si no se presenta ningún recurso, se espera que la jueza le dé paso al fiscal Gabriel Jaimes para que sustente su solicitud de preclusión.

¿Qué pasa si son acreditados? 
 

La abogada penalista Dalila Henao explicó en diálogo con KienyKe.com qué sucede si la jueza 28 de conocimiento accede a la solicitud y acredita como víctimas a Deyanira Gómez y Gonzalo Guillén en medio del proceso de Álvaro Uribe. 

En primer lugar indicó que hay que recordar que las víctimas, al igual que el Ministerio Público, no son consideradas partes al interior del proceso penal sino intervinientes especiales. 

"Estos están dotados de facultades que les permiten actuar en el proceso penal en igualdad de condiciones con la Fiscalía y la Defensa", señaló.

Después, explicó que de ser admitidos como víctimas, Deyanira Gómez y Gonzalo Guillén podrán actuar dentro del proceso de Álvaro Uribe con todas las facultades que la ley les brinda y que, dentro de estas, se encuentra la posibilidad de participar activamente a través de recursos y oposiciones a las decisiones que se adopten dentro del caso. 

"Si la decisión de la juez de conocimiento es reconocer a los solicitantes, lo más probable es que quienes se opusieron al reconocimiento, presenten los recursos correspondientes. Para este tipo de situaciones se eleva el recurso de reposición en subsidio del de apelación, es decir, inicialmente se solicita a la juez reevaluar la decisión adoptada, lo cual debe resolverse en la misma audiencia", señaló. 

Y agregó: "Si su decisión es no reponer, es decir, mantener el reconocimiento de las víctimas, quienes presentaron recurso de reposición deben argumentar su apelación, caso en el cual pueden ocurrir dos situaciones de acuerdo a la interpretación que acoja la juez de conocimiento respecto del efecto del recurso: por un lado, puede suspenderse la audiencia a la espera de que el Tribunal Superior de Bogotá resuelva el recurso, lo cual sería lo más lógico. De otra parte, se puede conceder el recurso, pero continúa el desarrollo de la diligencia, y con ello, el trámite de la preclusión". 

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