Gabriel Jiménez
Gabriel Jiménez

El fenómeno del Reclutamiento en la Ley de “Paz Total”

Aunque la Ley de “Paz Total” y el Reclutamiento forzado (o Reclutamiento) tengan factores Correlacionales, la Ley no contempla acciones directas para Prevenir y/o Atender este fenómeno estructural generador de Violencia, Desigualdad e Inequidad en el Territorio.

El Gobierno del presidente Gustavo Petro ha asumido un reto importante en la implementación de la Ley de “Paz Total”; la disminución de los casos de reclutamiento, uso, utilización y violencia sexual por parte de Grupos Armados Organizados, al Margen de la Ley, y Estructuras Armadas Organizadas de Crimen de Alto Impacto.

A pesar de que la Ley no está desarrollada en función del Reclutamiento como factor estructural de la Violencia y Correlacional al Desmantelamiento de Estructuras Criminales, la Ley aún cuenta con mecanismo jurídicos y administrativos para reglamentar las acciones que ha olvidado hasta ahora. Incluyendo el avance y actualización de la Política Pública en Prevención del Reclutamiento (2007, 2010 y 2019) y las lecciones aprendidas en la lenta implementación del Acuerdo Final para la Paz de 2016 que busca, entre otros temas, garantizar la no repetición de este flagelo.

Como estrategia de apoyo a la implementación de la Ley de “Paz Total”, el Gobierno Nacional ha anunciado casi al mismo tiempo de la Ley, el Programa Nacional “Jóvenes en Paz”.  El cual es insuficiente para finalidad de la Ley ya que el programa no integra en su diseño y formulación, acciones directas o concretas sobre la población juvenil afectada por el Reclutamiento. Su objetivo va orientado hacia la reducción de Homicidios en donde se involucra la participación juvenil. Cabe mencionar que este programa va dirigido exclusivamente a 100.000 jóvenes y contiene transferencias monetarias condicionadas a corto plazo. Mostrando que la Ley y el Programa no contienen una respuesta integral ante la Atención, Protección y Reparación de la población vulnerable y vulnerada por el Reclutamiento. Lo cual tendría que estar establecido tanto en la Ley, por su incidencia en la vinculación y desvinculación de Estructuras Armadas ilegales (en su gran mayoría compuesta por jóvenes), y en la Política Pública para buscar efectividad en la Prevención y Protección de Derechos. Entiendo que la “Paz Total” tiene una visión de ser Política de Estado.

De esta manera, el avance de la Ley y sus acciones en las etapas de Acercamiento, Negociación y Acuerdos, o Sometimiento a la Justicia, deben estar también vinculadas al proceso de Prevención de vulneración de derechos hacia cientos de jóvenes amenazados e intimidados a pertenecer (o militar) en Organizaciones Armadas Ilegales. Y proteger a otros cientos que actualmente militan en Grupos Armados y que se caracterizan por una afectación directa sobre las Comunidades Indígenas y el Enfoque Diferencial Étnico.

En el marco de la implementación de la Ley, no es posible avanzar sin entender en términos de los estudios en Seguridad y Defensa y de Política Social, que desmantelar un actor armado ilegal, trae consigo la multiplicidad de pequeñas estructuras criminales establecidas en “pandillas” “bandas” o “mafias” a medio plazo, pues las altas rentas de las economías ilícitas, el consumo de sustancias psicoactivas, la proyección de vida influenciada por la “narco cultura” y la falta de acompañamiento y atención psicosocial hacen que la Desvinculación y el Sometimiento a la Justicia no sean un camino fácil de alcanzar.

En ese sentido, la Ley debe considerar la integración de Equipos y/o Comisiones de paz con conocimiento pleno en los Sistemas de Prevención, Protección y Promoción de Derechos; particularmente el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, el Sistema Nacional de Juventud, el Sistema de Responsabilidad Penal y Adolescente, el Sistema de Atención y Reparación Integral a la Víctimas del Conflicto Armado, el Sistema de Alertas Tempranas, y el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición. Esto con el ánimo de lograr que la “Paz Total” no tenga impunidad como una característica recurrente en las negociaciones y acuerdos.

A pocas semanas de celebrar el Dia Internacional de las Manos Rojas que conmemora los protocolos de la Convención sobre los Derechos del Niño y prohíbe el uso y participación de ellos en los conflictos armados, el Estado colombiano y la presente Ley de “Paz Total” parecen haber omitido el Fenómeno del Reclutamiento como un flagelo que arrebata vidas.

Por tal motivo, la Ley y su evolución en la Política de Paz, debe seguir avanzando en la transformación de los “imaginarios culturales” que han impuesto las Estructuras Criminales en el Territorio durante años y consolidar los “entornos protectores” en distintas comunidades rurales, rural dispersa y centros urbanos donde se intensifica el Conflicto pero donde se recibe con esperanza la terminación de la Violencia. Así el Gobierno Nacional puede prosperar en la reducción del Reclutamiento y pasar de una Narrativa de Paz Política a una Paz Incluyente, Participativa y Estructural. ¿acaso la “Paz Total” no es eso?

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