
Como les comenté en la pasada columna de opinión titulada ‘Borrón y cuenta nueva, la oportunidad que millones de colombianos esperan’ sólo restaba la votación de la conciliación para que quedara aprobada nuestra iniciativa de forma definitiva por el Congreso. Esta semana, tanto la Cámara de Representantes como el Senado le dieron el visto bueno y así queda listo el proyecto para pasar a revisión de la Corte Constitucional y luego a sanción presidencial.
Muchos colombianos nos han escrito en las redes sociales sobre las dudas que tienen respecto a la entrada en vigencia de la ley y su contenido. A continuación respondo varias de esas preguntas.
¿Qué sigue ahora tras la aprobación en el Congreso?
Esta iniciativa que presentamos en compañía del senador Luis Fernando Velasco reforma la ley estatutaria de Habeas Data 1266 de 2008. Una ley estatutaria tiene un rango superior al de una ley ordinaria y reglamenta un derecho constitucional fundamental. Por esta razón, la Corte Constitucional debe estudiarla y luego enviarla al Presidente de la República.
¿Cuándo empieza a regir la ley exactamente?
Esperamos que en noviembre o a más tardar en diciembre. No podemos aventurarnos a dar un día exacto porque la honorable Corte Constitucional puede tomarse el tiempo que considere necesario dada la importancia de la ley. Además, no podemos olvidar que -debido a la contingencia del coronavirus- la rama judicial apenas iniciará en las próximas semanas la normalización paulatina de su operación. Después de esta revisión constitucional, la norma pasa a manos del Presidente de la República quien decide la fecha de su promulgación.
¿En qué consiste la amnistía y cómo puedo acogerme a ella?
La amnistía aprobada en el proyecto es por una sola vez para los colombianos que se pongan al día en los 12 primeros meses de vigencia de la ley o para quienes ya lo hayan hecho con anterioridad. Estas personas que salden su deuda a penas se promulgue la ley (o quienes ya hayan pagado) saldrán de las centrales de riesgo en un periodo máximo de seis meses. Para traerles un caso muy recurrente: si usted ya saldó su deuda hace un año o más de seis meses, una vez entre en vigor la norma podrá salir inmediatamente del reporte negativo porque ya cumplió con los seis meses de castigo. Otro es el caso para quienes aún no se han puesto al día: si usted tiene una deuda, no importa el tiempo ni el monto, y paga una vez se sancione la ley, deberá esperar seis meses como castigo simbólico y ahí si saldrá del reporte negativo.
Otro dato relevante. Entendemos que las circunstancias actuales no son las mejores para el bolsillo de los colombianos. Así que en los 12 meses de amnistía no solo pueden acogerse las personas que quieran pagar la totalidad de su deuda, también lo pueden hacer aquellas que busquen una renegociación con el establecimiento de crédito o comercio o de alguna manera extingan la obligación en mora.
¿Hay alguna medida especial para los jóvenes con créditos del Icetex o para población vulnerable?
Sí. Dentro de la amnistía que contempla la ley se les dio un trato especial a ciertos sectores. De esta manera, los estudiantes con créditos educativos del Icetex, pequeños productores, jóvenes rurales, mujeres rurales y víctimas del conflicto armado que extingan su deuda -dentro de los 12 primeros meses de vigencia de la ley- saldrán inmediatamente del reporte negativo. No tendrán que esperar los seis meses de castigo simbólico.
¿Cuántas personas se beneficiarán?
Calculamos que entre 7 y 8 millones de colombianos volverán a acceder a crédito formal, lo que convierte a esta iniciativa en una de las de mayor importancia para la reactivación económica del país dada la crisis generada por el Covid-19.
¿Qué pasa con las pequeñas deudas?
Cuando una persona tenga una deuda inferior al 15% del salario mínimo (menos de $131.670) recibirá dos comunicaciones antes de ser reportada negativamente. Con esto se busca que el ciudadano tenga tiempo de pagar y evite que lo incluyan en las llamadas ‘listas negras’. Además, muchas veces estos reportes se pueden dar por descuido, equivocación o por un mal momento económico, entonces se le da la oportunidad de enmendar el error y evitarse la sanción.
¿Ya no me van a bajar la calificación ni me van a cobrar cada vez que consulte mi historial crediticio?
Así es. La ley consagra que las consultas de información crediticia siempre serán gratuitas en todos los canales y no disminuirá la calificación. Igualmente, la calificación crediticia deberá normalizarse de inmediato cuando se elimine el reporte negativo. Otro punto muy importante es que se prohíbe la consulta a las centrales de riesgo para otorgar un empleo.
¿Qué ocurre cuando soy víctima de suplantación personal o estafa?
En la norma hay un artículo específico que protege a las víctimas de estos delitos. Con la sola comunicación y mostrando las pruebas del fraude a la entidad financiera se eliminará el reporte negativo, dejando una leyenda que indique que usted ha sido "víctima de falsedad personal".
¿Es verdad que se va a eliminar la información crediticia de algunas personas?
Falso. En el mercado crediticio seguirá existiendo suficiente información que permita tomar decisiones a los establecimientos de crédito. Además, el historial crediticio de las personas naturales y jurídicas se mantiene, tanto para quienes tienen buenos hábitos de pago como para las personas que han sido reportadas negativamente.