Derechos de niños con discapacidad son vulnerados: Gallardo

Mar, 21/05/2019 - 11:35
El comité de rehabilitación de Antioquia reportó su preocupación por la nueva legislación que rige el nuevo Código de Infancia y Adolescencia que, ha generado riesgo y desatenci
El comité de rehabilitación de Antioquia reportó su preocupación por la nueva legislación que rige el nuevo Código de Infancia y Adolescencia que, ha generado riesgo y desatención a niños en situación de discapacidad en Colombia. La institución que desde hace 46 años busca la inclusión social de las personas en situación de discapacidad, reportó que desde que la Ley 1878 empezó a funcionar en enero del 2018, por una mala interpretación de la norma se produjo la salida masiva de menores de los programas que atendían su situación. En diálogo con Kienyke.comSonia Gallardo, directora de este centro de rehabilitación, expresó que fue hasta noviembre del año pasado que empezaron a evidenciar este fenómeno de salidas. "Empezaron a llegar unas boletas de egreso masivas, quiere decir que nosotros tenemos un contrato para atender 300 niños. De noviembre acá han egresado 200 niños eso nunca nos había pasado", expresó. "Siempre hay egresos, es decir siempre el equipo psicosocial de la institución el saber analizar de cada niño y en el momento en que un niño cumpla sus objetivos se egresa. Porque también tenemos que darle la oportunidad a otros niños a que ingresen a la modalidad pero nunca nos había pasado con esta magnitud", agregó. [caption id="attachment_1102566" align="alignnone" width="1024"] Sonia Gallardo - Directora Comité Rehabilitación de Antioquia. Foto: Andrés Lozano[/caption]

¿Qué beneficios pierden los menores?

El Comité de Rehabilitación de Antioquia presta atención para los niños en situación de discapacidad, "tenemos una IPS, donde tenemos un modelo de atención propio para la rehabilitación de las personas en situación de discapacidad y tenemos un área de educación y desarrollo de habilidades", explicó. "Principalmente atendemos personas en situación de discapacidad cognitiva y lo que hacemos con ellos en buscar que desarrollen habilidades y capacidades para la vida", manifestó Gallardo, que también agregó que desde hace 20 años trabajan de la mano con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). En la entidad se trabajan tres tipos de atención: inclusión social y familiar, inclusión en un ambiente educativo, e inclusión ocupacional y laboral. "En el mismo contrato, se busca garantizar los derechos de los niños en situación de discapacidad vulnerable, de familias muy pobres que tengan acceso a este tipo de servicios de desarrollo de habilidades y capacidades", resaltó. [caption id="attachment_1103086" align="alignnone" width="1024"] ICBF[/caption]

Una mala interpretación

La Ley 1878 busca que la atención de los niños se dé en el menor tiempo posible, "en ese orden de ideas la ley pone un marco de atención para el instituto y sus servicios de 6 meses. Prorrogable hasta 18 meses", expresó Gallardo. Sin embargo, encuentra un gran vacío a la hora de diferenciar las necesidades de cada menor que recibe la atención de la Institución. "En muchas oportunidades 18 meses no suficiente para que un niño desarrolle habilidades y capacidades suficientes para incluirse en su entorno". Según la directora del Comité, esto se debe a una mala interpretación a la norma del Código de Infancia y adolescencia ya que no especifica que hay casos especiales que requieren que la atención se prolongue. "Algunos defensores de familia se toman la ley literal y dicen son 18 meses y no va más, y se acabó la atención. Hay otros defensores de familia que toman una posición más real y analizan el caso. Es decir, si el niño cumplió objetivos o se prorroga el tiempo, porque es la ley es así en su correcta interpretación", aseguró. [caption id="attachment_1103771" align="alignnone" width="1024"] ICBF[/caption]

Reforma a la Ley

"Nos estamos moviendo un colectivo de instituciones y operadores del Instituto a nivel nacional buscando que haya una reforma a la ley, que haya una claridad en esa ley para que tenga en cuenta las condiciones específicas y que no quede a la interpretación de hombres de familia", dijo Gallardo. Asimismo, explicó que en ocasiones por tratar de definir rápidamente la situación del menor, se llega a la conclusión de que deben estar en situación de adoptabilidad: "95 % de los niños que entiende el comité de habitación son niños que tienen hogar, tiene su papá o su mamá, o tienen los dos. Entonces no son niños que tengan una condición de adoptabilidad. Incluso sería mucho más en el perjudicial", señaló.

Es un tema de prevención

"Si se acompaña a esa familia con algún programa del gobierno, con los 500 millones de pesos del presupuesto que están destinados a inversión social, para que salga de la pobreza y acompañó por el otro lado el niño que desarrolló las habilidades y capacidades", plantea. Gallardo asegura que "No estamos pretendiendo que los niños eternamente dependan del estado, somos conscientes de que hay un tema de corresponsabilidad, de la familia, de las instituciones como nosotros, incluso del estado pero que no puede ser interno". Este llamado que hace el Comité lo que busca es que se especifique en la ley que hay niños con los que se hace una excepción en este límite tiempo, a lo que se puede acompañar mientras sea necesario.

Afecta a todos los niños que reciben atención

De igual manera, la directora del Comité de rehabilitación de Antioquia afirmó que este código no solo afecta a los niños en situación de discapacidad, porque la ley no hace distinción de ningún tipo. "Pueden entrar niños con otras condiciones que también los ponen en riesgo muy grande, como niños con SIDA", aseguró. También resalta que esta norma se limita la intervención del estado cuando ya hay una vulneración de derechos o un riesgo muy inminente de la vulneración del derecho, conocido como la inobservancia del Derecho. Por ejemplo, si se trata de un menor en situación de discapacidad que viene de una familia en extrema pobreza, esta no tiene cómo pagar, ni acceder a servicios especiales que desarrollen sus habilidades y capacidades. "Como en este caso no son menores que enfrentan un riesgo alto, no se cree necesaria su atención y hay que considerar una inobservancia del derecho, no hay ni un riesgo ni hay una vulneración del derecho", agregó. "En este momento la ley se limita la intervención del Estado cuando ya hay una vulneración de derechos o un riesgo muy inminente de la vulneración, y ya se hace la intervención directa. Son niños que ya son abusados, en cualquiera de los términos del abuso, cuando se pudo prevenir con la atención adecuada a tiempo", señaló. [caption id="attachment_1103775" align="alignnone" width="1024"] ICBF[/caption]
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