Hoy se define consumo de drogas ilícitas en la calle

Lun, 26/08/2019 - 07:47
Este lunes se definirá el futuro del proyecto de ley que prohíbe el consumo de drogas en parques y otros espacios públicos ya que se hará el último debate en el Senado.
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Este lunes se definirá el futuro del proyecto de ley que prohíbe el consumo de drogas en parques y otros espacios públicos ya que se hará el último debate en el Senado.

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La iniciativa, impulsada por el senador Rodrigo Lara Restrepo y la bancada de Cambio Radical, busca prohibir el porte y consumo de cualquier cantidad de sustancias alucinógenas en parques, así como alrededor de escuelas y colegios. El representante a la Cámara y coautor del proyecto, Erwin Arias Betancurt, anunció que este lunes 26 de agosto se dará el último debate y quedaría listo para conciliación en ambas cámaras, después de que se hiciera una concertación con la bancada del Centro Democrático sobre algunas proposiciones que presentó el senador Álvaro Uribe. "Lo que quería el Centro Democrático era incluir un artículo en el que se prohibiera la dosis mínima en todos los espacios, lo que sería inconstitucional, pero afortunadamente hubo concertación y no habrá dificultades para aprobarlo", expresó Arias. Erwin Arias le había solicitado a los parlamentarios que hacían parte de la Comisión Accidental que revisaran el proyecto, y que no le dieran una bandera política a esta iniciativa. "Aquí no estamos legalizando la dosis mínima en otros espacios públicos porque simplemente esta ya es permitida en Colombia por parte de la Corte Constitucional. Lo que estamos buscando es regular la conducta de los consumidores para que no estén en los espacios con afluencia de menores, en escenarios deportivos, parques, y los entornos de los colegios", manifestó.

En este proyecto de ley se contempla los siguientes aspectos:

  • Otorga a los alcaldes la competencia para establecer perímetros para la restricción del consumo y porte de sustancias psicoactivas –inclusive la dosis personal ̶  en lugares públicos.
  • Prohíbe el porte y consumo, incluido la dosis personal, en el perímetro de los colegios y parques metropolitanos, zonales y de bolsillo.
  • Otorga a las asambleas o consejos de administración la función de regular la prohibición del consumo de sustancias psicoactivas en las zonas comunes de las propiedades horizontales.
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