Día sin carro en Bogotá: Estas son las motos que podrán movilizarse

Jue, 01/02/2024 - 07:00
Conozca cuáles son las excepciones para la circulación de vehículos y motocicletas durante el día sin carro en Bogotá. ¡Ojo! Asegúrese de tener la documentación necesaria para movilizarse.
Créditos:
Alcaldía de Bogotá

Este jueves, 01 de febrero, en Bogotá y en diversas ciudades del país, se llevará a cabo la primera jornada del día sin carro en el 2024. Esta iniciativa busca mitigar las emisiones de carbono en las áreas urbanas participantes durante ese día.

Una actividad que se realiza varias veces al año, y en cada edición, se suman nuevas ciudades y municipios con el objetivo de mejorar la calidad del aire y reducir los niveles de congestión vehicular.

De acuerdo con la alcaldía, se estima que alrededor de 1'850.000 vehículos y 430.000 motocicletas dejarán de circular durante este evento.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que la medida presenta ciertas excepciones, lo que significa que algunos motociclistas y conductores podrán desplazarse por la capital sin temor a ser sancionados. La jornada del Día sin Carro inicia a las 5 a.m. y concluye a las 9 p.m.

En la página oficial de la Alcaldía de Bogotá se especifica que las motocicletas asociadas a empresas, plataformas tecnológicas o establecimientos comerciales que brindan servicios de mensajería o domicilio podrán circular durante la jornada, siempre y cuando cuenten con la documentación correspondiente que lo certifique.

"Vehículos destinados a operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios, incluyendo motocicletas; Vehículos destinados al control del tráfico, incluyendo motocicletas y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Movilidad; Motocicletas de vigilancia y seguridad privada; Vehículos eléctricos o cero emisiones, incluyendo motocicletas; Motocicletas vinculadas a empresas, plataformas tecnológicas y/o establecimientos de comercio, que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio; Control de emisiones y vertimientos, incluyendo motocicletas", manifestó la Alcaldía de Bogotá.

¿Qué otros vehículos podrán circular en Bogotá?

Asimismo, la Alcaldía mediante el Decreto 047 del 30 de enero establece excepciones para la circulación de ciertos vehículos, entre los cuales se incluyen:

"Vehículos conducidos por personas con discapacidad o utilizados para su transporte; Transporte escolar; Vehículos con capacidad para más de 10 pasajeros; Vehículos empleados en operativos de empresas de servicios públicos domiciliarios, incluyendo motocicletas; Vehículos de emergencia; Vehículos destinados al control del tráfico, incluyendo motocicletas y grúas que prestan servicios a la Secretaría Distrital de Movilidad; Caravana presidencial; entre otros", se lee en la página.

Cabe mencionar que este jueves, Transmilenio operará al 100% para facilitar la movilidad hacia lugares de trabajo, estudio y otros.

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