Colombianos en el exterior: ¿quiénes deben declarar renta y cómo hacerlo?

Lun, 30/06/2025 - 08:00
Colombianos en el exterior: si tiene ingresos o bienes en el país, podría estar obligado a declarar renta. Evite sanciones y conozca cómo hacerlo.
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Entre el 12 de agosto y el 24 de octubre, los colombianos —residentes o no— deberán presentar la declaración de renta correspondiente al año gravable 2024, según el último dígito de su cédula. Este año, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) busca recaudar más de $20 billones, y una parte significativa de ese monto depende del cumplimiento tributario de más de 600.000 connacionales que hoy viven fuera del país.

Sin embargo, según la firma Russell Bedford Colombia (RBC), el desconocimiento de las normas está llevando a miles de migrantes a cometer errores costosos. De hecho, el número de equivocaciones en declaraciones presentadas desde el extranjero aumentó en más de un 30% respecto al año anterior. ¿La razón? Falta de claridad sobre residencia fiscal, uso incorrecto de formularios, omisión de ingresos y desconocimiento de convenios internacionales.

¿Vivo en el exterior? ¿Debo declarar?

Residir fuera de Colombia no significa estar exento de las obligaciones fiscales. Olga Viviana Tapias, socia de Impuestos de RBC, aclara que una persona sigue siendo residente fiscal si cumple con ciertas condiciones: haber pasado 183 días o más (continuos o no) en Colombia durante el año gravable; tener en el país su centro principal de actividades económicas; o no acreditar residencia fiscal en otro país.

Además, si usted tuvo ingresos por más de $49 millones anuales, posee bienes en Colombia que superan los $160 millones o mantiene vínculos económicos o familiares, probablemente esté obligado a declarar.

Por eso es crucial determinar correctamente su estatus fiscal. Un error en esta etapa puede resultar en sanciones, pérdida de beneficios patrimoniales o incluso embargos.

Cómo declarar renta desde el extranjero

Gracias a la plataforma Muisca, cualquier colombiano en el exterior puede presentar su declaración sin necesidad de viajar. Siga estos pasos:

  1. Revise si está obligado a declarar, verificando si cumplió alguno de estos criterios:

    • Ingresos superiores a 1.400 UVT (unos $49 millones).

    • Patrimonio bruto mayor a 4.500 UVT (alrededor de $160 millones).

    • Consignaciones o consumos que superen los topes establecidos.

  2. Determine si es residente fiscal o no. Esta clasificación define el formulario que debe usar:

    • Formulario 210 para residentes fiscales.

    • Formulario 110 para no residentes.

  3. Actualice el RUT con su dirección actual. Si no lo hace, la DIAN asumirá que sigue residiendo en Colombia.

  4. Solicite el certificado de residencia fiscal en su país actual para evitar la doble tributación, si existe convenio con Colombia.

  5. Diligencie y firme electrónicamente la declaración en Muisca. El pago puede hacerse en línea o por terceros autorizados en Colombia.

Errores frecuentes que debe evitar

  • Usar el formulario incorrecto. Esto puede generar diferencias en tarifas y sanciones.

  • No reportar ingresos menores como arriendos u otros rendimientos, que igual pueden activar la obligación de declarar.

  • Mantener cuentas activas en Colombia sin movimientos claros. La DIAN puede interpretarlas como ingresos no reportados.

  • No solicitar el certificado de residencia fiscal cuando reside en un país con convenio. Esto le impide acceder a beneficios.

¿Y si vivo en un país sin convenio?

Colombia tiene convenios de doble tributación con países como España, Canadá, México, Chile, Italia y el Reino Unido. Si usted reside en uno de ellos, puede evitar pagar impuestos dos veces por los mismos ingresos.

Pero si vive en un país como Estados Unidos o Australia, donde no hay convenio, aún puede solicitar un descuento tributario ante la DIAN si demuestra el pago de impuestos en ese país, mediante soportes oficiales.

La clave: planeación fiscal

Expertos recomiendan iniciar una planeación fiscal desde el momento en que se decide emigrar. Esto implica actualizar el RUT, identificar obligaciones, revisar convenios y conservar todos los documentos que puedan servir de soporte.

En palabras de Tapias: “El error más común no es pagar impuestos, sino pagar mal por desconocimiento o quedar expuesto a sanciones innecesarias. Con asesoría adecuada, los colombianos en el exterior pueden cumplir con la DIAN sin complicaciones y sin regresar al país”.

¿Ya revisó si debe declarar? No lo deje para última hora.

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