
El Índice de Precios al Consumidor (IPC) cerró 2024 con un incremento del 5,2%, según el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE). Esta cifra es clave para los arrendatarios y propietarios del país, ya que define el porcentaje máximo de aumento que puede aplicarse a los contratos de arriendo en 2025.
De acuerdo con la Ley 820 de 2003, los arrendadores pueden incrementar el canon de arrendamiento hasta un 100% del IPC del año anterior, lo que significa que, durante 2025, el aumento máximo permitido será del 5,2%. Esto aplica únicamente en el momento de renovar el contrato y siempre y cuando hayan pasado al menos 12 meses desde el último incremento.
¿Cómo se calcula el nuevo valor del arriendo?
Para establecer el nuevo monto, basta con multiplicar el valor actual del arriendo por 5,2% y sumar ese resultado al canon vigente. Por ejemplo, si el arriendo mensual es de $1.000.000, el ajuste sería de $52.000, lo que daría un nuevo valor de $1.052.000.
Sin embargo, este ajuste no puede hacerse de forma inmediata ni sin previo aviso. El arrendador debe notificar al inquilino, ya sea por un servicio postal autorizado o mediante los mecanismos pactados en el contrato. Además, la notificación debe hacerse antes de la renovación del contrato.
Recomendaciones para los inquilinos
Para hacer frente al incremento, los arrendatarios pueden tomar algunas medidas prácticas:
- Revisar el contrato: verificar las cláusulas sobre ajustes y notificaciones.
- Calcular el aumento: estimar el nuevo monto del arriendo con anticipación.
- Reorganizar el presupuesto: incluir el nuevo canon en los gastos mensuales.
- Estar informado: seguir fuentes oficiales como el DANE para conocer el IPC.
- Negociar: hablar con el arrendador si existe una buena relación o condiciones especiales.
¿Qué hacer si el aumento es mayor al permitido?
Si un arrendador intenta subir el arriendo por encima del 5,2% sin justificación legal, el inquilino debe:
- Contactarlo directamente para aclarar la situación, idealmente por escrito.
- Si no hay solución, presentar una queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) o la Superintendencia Financiera de Colombia.
- Reunir toda la documentación necesaria: contrato, comprobantes de pago y comunicaciones.
- Si el caso es complejo, considerar asistencia legal especializada.
En conclusión, aunque el IPC determina el techo para los aumentos, la normativa protege a los inquilinos de incrementos arbitrarios. La clave está en conocer los derechos y mantenerse atento a las condiciones del contrato y la ley vigente.