El Gobierno trabaja en un borrador de decreto que modificaría de fondo los requisitos para ser embajador extraordinario y plenipotenciario o cónsul general central de Colombia. La propuesta elimina las exigencias de título profesional, posgrado y experiencia relacionada y las reemplaza por una condición mínima: ser colombiano por nacimiento, estar en ejercicio de la ciudadanía y tener más de 25 años.
Hoy, el Decreto 1083 de 2015, que organiza buena parte de la función pública, establece algo distinto. Quien aspire a esos cargos debe acreditar un título profesional, un posgrado en cualquier modalidad y cierta experiencia profesional relacionada, con equivalencias definidas en el mismo decreto. El borrador modificaría el parágrafo 2 de ese artículo para indicar, en la práctica, que no se exigirán requisitos de formación ni experiencia para estos cargos de libre nombramiento y remoción.
Un borrador no es un decreto en firme
Por ahora, se trata de un borrador de decreto, no de una norma vigente. Eso marca una diferencia clave. Un borrador es un documento de trabajo: sirve para socializar la propuesta, recoger comentarios técnicos y políticos, hacer ajustes de redacción y, en algunos casos, incluso dar marcha atrás. Mientras el texto no esté firmado por el Gobierno y publicado en el Diario Oficial, el Decreto 1083 de 2015 sigue siendo la referencia obligatoria y los requisitos actuales continúan aplicándose.
En otras palabras, este borrador señala la intención regulatoria del Gobierno, pero todavía puede cambiar de contenido, de alcance o simplemente no expedirse. La discusión pública se da, precisamente, en ese punto intermedio: cuando la propuesta ya es lo bastante concreta para mostrar un rumbo, pero aún no ha adquirido fuerza jurídica.
¿Por qué genera tanta polémica?
El debate no es solo jurídico o técnico. Toca una pregunta incómoda, pero inevitable: ¿quién representa al país en el exterior y con qué mérito? La figura del embajador concentra poder simbólico y práctico. Es la cara oficial de Colombia frente a otros Estados y organismos internacionales, maneja agendas sensibles y suele tener acceso directo al Gobierno que lo nombra.
En ese contexto, los requisitos formales funcionan como una especie de filtro mínimo: años de formación, trayectoria profesional, experiencia en temas públicos o internacionales. No garantizan, por sí solos, un buen desempeño, pero marcan un estándar de profesionalización. Al proponer que basta con la nacionalidad por nacimiento, la ciudadanía en ejercicio y los 25 años, el borrador abre la puerta a un escenario donde pesan más la confianza política y las alianzas que la preparación académica o la experiencia en asuntos exteriores.
Quienes critican la iniciativa advierten que esto puede enviar un mensaje de devaluación del mérito en un área donde se requiere capacidad técnica, manejo diplomático y conocimiento de contexto internacional. Sus defensores podrían argumentar, en cambio, que se amplía el espectro de perfiles posibles y se flexibiliza una estructura que, en la práctica, ya convive con nombramientos políticos. La polémica se mueve entre esas dos lecturas.
Además, este borrador aterriza después de otras discusiones sobre bajar la vara de los requisitos, como la idea de eliminar el inglés como exigencia para algunos cargos diplomáticos, que ya había sido cuestionada por expertos en relaciones internacionales.
