¿Qué pasa con sus aportes si no alcanza a pensionarse en Colombia?

Sáb, 13/09/2025 - 08:00
La ley establece alternativas para quienes alcanzan la edad de jubilación pero no cumplen con las semanas exigidas.
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La pensión en Colombia es el respaldo económico que los trabajadores reciben al llegar a la edad de retiro, siempre y cuando cumplan con los requisitos de semanas cotizadas y edad. Sin embargo, miles de personas no alcanzan a pensionarse por diferentes motivos, siendo el más común no reunir las semanas mínimas exigidas por la ley.

¿Devuelven el dinero si no se alcanza la pensión?

La respuesta es sí. En estos casos, los aportes realizados de manera obligatoria o voluntaria son devueltos al afiliado junto con sus rendimientos. Esta devolución puede hacerse en un solo pago o a través de los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS), una modalidad que garantiza ingresos periódicos aunque no se logre una pensión completa.

La figura jurídica que lo respalda es la indemnización sustitutiva, contemplada en el artículo 33 de la Ley 100 de 1993. Esta procede cuando el cotizante cumple la edad de pensión —62 años en hombres y 57 en mujeres—, pero no reúne las semanas mínimas (1.150 en fondos privados y 1.300 en Colpensiones) y manifiesta su imposibilidad de seguir cotizando.

Otras alternativas en el sistema pensional

Colpensiones también contempla la posibilidad de sumar semanas entre cónyuges, lo que facilita a algunas parejas alcanzar el requisito y acceder a la mesada. En caso de fallecimiento del afiliado, los familiares pueden reclamar la devolución de aportes presentando la documentación correspondiente.

Documentos para reclamar la devolución

Entre los requisitos principales se encuentran:

  • Formato de solicitud de indemnización sustitutiva.
  • Declaración de no pensión.
  • Fotocopia del documento de identidad del afiliado.
  • En caso de notificación electrónica, autorización expresa del solicitante.

Estos documentos deben radicarse en los Puntos de Atención de Colpensiones o en las oficinas del fondo privado correspondiente.

¿Cómo consultar las semanas cotizadas?

  • En Colpensiones: a través de la Sede Electrónica ingresando con usuario y contraseña, o de forma presencial en los PAC.
  • En fondos privados (Porvenir, Colfondos, Skandia y Protección): cada entidad ofrece portales digitales y extractos periódicos que permiten conocer el historial laboral.

De esta manera, aunque no logre cumplir con las semanas exigidas para pensionarse, el trabajador colombiano tiene derecho a la devolución de sus aportes, garantizando que su esfuerzo de años no se pierda.

Creado Por
Sandra Vargas
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