¿Quiénes no recibirán la prima de diciembre en 2025? Esto dice MinTrabajo

Sáb, 29/11/2025 - 08:00
Entre el 1 y el 20 de diciembre debe pagarse la prima de servicios, pero no todos los trabajadores tienen derecho a recibirla. Estas son las excepciones que contempla la ley.
Créditos:
EFE.

El Ministerio de Trabajo recordó que entre el 1 y el 20 de diciembre los empleadores, tanto públicos como privados, deben consignar la prima de servicios correspondiente al cierre de año. Esta prestación social constituye un ingreso adicional para millones de trabajadores y está reglamentada en el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo (CST).

Sin embargo, la entidad también resalta que no todas las personas tienen derecho a recibirla, pues su pago depende de la existencia de un contrato laboral formal y de las condiciones específicas establecidas en la ley.

La prima equivale a 30 días de salario por año trabajado y se entrega en dos periodos, uno en junio y otro en diciembre. Esta remuneración busca reconocer el aporte del trabajador a la empresa durante el semestre, pero únicamente se otorga cuando existe un vínculo laboral legalmente constituido.

¿Quiénes no recibirán la prima de servicios de diciembre?

Aunque la prima de servicios es de carácter obligatorio, la ley contempla casos en los que el empleador no está obligado a pagarla. Las excepciones se relacionan principalmente con la naturaleza del contrato o con las condiciones bajo las cuales se presta el servicio.

Uno de los grupos excluidos son las personas que trabajan bajo contratos de prestación de servicios. Este documento se rige por normas civiles o comerciales y no crea una relación laboral directa, por lo que no genera derecho a prestaciones sociales, incluida la prima.

También se encuentran por fuera los trabajadores independientes, quienes no mantienen un contrato laboral con un empleador. Debido a la ausencia de un vínculo formal, no están cobijados por los beneficios que otorgan las relaciones laborales tradicionales.

La ley permite, además, contratos sin prestaciones, utilizados en algunos sectores públicos o privados para actividades específicas. Estas modalidades no incluyen prima cuando no se configura un vínculo laboral directo.

A esto se suman los practicantes que desarrollan actividades mediante convenios formativos o programas voluntarios. Al no tener un contrato de trabajo, no acceden a prestaciones como la prima, vacaciones o cesantías.

¿Qué es un contrato laboral según el Código Sustantivo del Trabajo?

El Decreto Ley 2663 de 1950, conocido como Código Sustantivo del Trabajo, establece en su artículo 22 que un contrato de trabajo existe cuando una persona presta un servicio a otra, natural o jurídica, a cambio de una remuneración y bajo subordinación. Este criterio es el que determina si existe o no derecho al pago de la prima de servicios.

¿Cómo se calcula la prima cuando no se trabajó el año completo?

El Ministerio de Trabajo recuerda que la prima corresponde a 30 días de salario por año, pero cuando el trabajador no completó los 12 meses, el empleador debe liquidarla de forma proporcional al tiempo laborado. El cálculo depende del salario devengado y del periodo efectivamente trabajado durante el semestre.

Creado Por
Sandra Vargas
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