Animales no son cosas, son seres sintientes: Corte Constitucional

Mié, 27/08/2025 - 12:53
El alto tribunal declaró inexequible la invocación religiosa en el juramento profesional y tumbó parte del código de ética que reducía a los animales a simples medios para el hombre.
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El juramento que durante años realizaron médicos veterinarios y zootecnistas en Colombia cambiará para siempre tras una decisión de la Corte Constitucional, que eliminó la expresión “en el nombre de Dios” del acto de grado y tumbó un aparte del código de ética que consideraba a los animales como simples instrumentos al servicio del hombre.

Hasta ahora, los profesionales de estas áreas debían comprometerse al recibir su título con la promesa: Juro, en el nombre de Dios, cumplir la Constitución y las leyes de mi patria y todas las obligaciones inherentes a la profesión de medicina de los animales y la zootecnia”. Sin embargo, tras resolver dos demandas de inconstitucionalidad contra artículos de la Ley 576 de 2000, la Corte determinó que esa fórmula vulnera la libertad de conciencia y el carácter laico del Estado.

La ponencia estuvo a cargo de la recién posesionada magistrada Lina Marcela Escobar Martínez, quien subrayó que el juramento, aunque válido en la Constitución, ha dejado de ser una invocación religiosa para convertirse en un compromiso solemne de carácter civil.

“La invocación a Dios no persigue hoy en día una finalidad imperiosa. Por el contrario, interfiere en los derechos a la libertad de conciencia y discrimina a quienes no profesan una fe religiosa o no utilizan esta figura en sus culturas”, señaló la sentencia.

El alto tribunal también se pronunció sobre el artículo 12 del mismo código de ética, que establecía que “los animales y las plantas son medios que sirven al hombre para el mejor desarrollo y perfeccionamiento de su vida”. Para la Corte, esa concepción desconoce avances jurídicos y sociales en torno a la protección animal, pues aunque en el Código Civil los animales son considerados bienes, en el derecho constitucional han sido reconocidos como seres sintientes, lo que les otorga un régimen especial de protección.

“Los animales no pueden ser vistos únicamente como instrumentos del hombre. La Constitución prohíbe su maltrato injustificado y les reconoce un valor intrínseco”, explicó el fallo.

Con esta decisión, la Corte Constitucional no sólo refuerza la neutralidad religiosa del Estado, sino que también avanza en el reconocimiento de los derechos de los animales, una discusión que ha cobrado fuerza en el país en los últimos años.

La sentencia implica que universidades, colegios profesionales y demás instituciones deberán ajustar el juramento de grado de los veterinarios y zootecnistas, así como los manuales éticos que regulan la relación de los seres humanos con los animales.

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Sandra Vargas
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