La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) recordó que las administraciones de conjuntos residenciales no pueden obligar a propietarios, residentes o visitantes a entregar datos biométricos, como el reconocimiento facial, la huella dactilar o el escaneo del iris, para permitir su ingreso.
La decisión se dio tras investigar a un conjunto de Bogotá que implementó un sistema de reconocimiento facial sin contar con la autorización de algunos residentes y se negó a eliminar esa información cuando fue solicitada.
La SIC explicó que los datos biométricos son información sensible y su uso requiere una autorización previa, expresa e informada. Por ello, si una persona no acepta entregar estos datos, la administración deberá ofrecer otra forma de ingreso, como tarjetas, chips, códigos de acceso o el apoyo del personal de vigilancia.
La entidad también recordó que, si a una persona le niegan el ingreso por no suministrar sus datos biométricos, puede presentar una queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
