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Tribunal de Bogotá ratifica arresto contra Miguel Polo Polo

Sáb, 20/06/2026 - 08:38
El congresista deberá cumplir con tres días de arresto y una sanción económica.
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Miguel Polo Polo

La Sala Séptima Civil de Decisión del Tribunal Superior de Bogotá confirmó la orden de arresto y la sanción contra el representante a la Cámara Miguel Polo Polo, por no ofrecer disculpas al colectivo Madres de Falsos Positivos de Soacha y Bogotá, MAFAPO, tras el incidente de las botas en el Patio Rafael Núñez del Capitolio.

La decisión del Tribunal

La decisión, con ponencia del magistrado Manuel Alfonso Zamudio Mora, fue adoptada en segunda instancia y ratificó el fallo del Juzgado 30 Civil del Circuito de Bogotá.

En esa decisión se estableció que el congresista deberá cumplir tres días de arresto y pagar una multa equivalente a ocho salarios mínimos legales mensuales vigentes.

El origen del caso

El caso está relacionado con una orden emitida por la Corte Constitucional en septiembre de 2025, en la que se le exigía al representante realizar un acto público de disculpas por sus declaraciones sobre la exposición “Mujeres con las botas bien puestas”, liderada por MAFAPO.

La controversia se originó luego de que Polo Polo publicara un video en el que arrojaba a una bolsa de basura varias botas que hacían parte de la instalación artística.

La exposición buscaba honrar la memoria de víctimas de ejecuciones extrajudiciales, conocidas como falsos positivos.

Las obligaciones que debía cumplir Polo Polo

Según la decisión judicial, el congresista debía publicar una disculpa pública en sus redes sociales, en la que reconociera tres puntos concretos: la legitimidad de la instalación artística, su carácter como ejercicio de memoria de las víctimas del conflicto armado y la inexactitud de sus afirmaciones sobre un supuesto pago a las creadoras de la exposición.

Además, debía garantizar una nueva fecha para la exhibición de la obra en el mismo espacio.

El incumplimiento señalado por la Sala

El Tribunal concluyó que Polo Polo no cumplió con estas obligaciones y señaló:

El accionado pretermitió el cumplimiento de la carga imperativa impuesta por el juez constitucional. En tanto, se abstuvo de comparecer y de materializar el correspondiente acto de contrición y reparación integral dentro del término de exhibición fijado, frustrando de esta manera los fines protectores del fallo de tutela”.

De igual forma, la Sala indicó que el representante tampoco asistió a la exposición artística que fue instalada nuevamente en el Patio Rafael Núñez del Congreso en diciembre de 2025, pese a que estaba informado.

Por esa razón, el Tribunal confirmó la sanción impuesta e instó al congresista a acreditar el cumplimiento de la orden judicial.

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