La Corte Suprema de Justicia dejó lista la sala especial de magistrados que estará al frente de la revisión de la sentencia de 17 años de prisión que se impuso en contra de Andrés Felipe Arias por el escándalo de corrupción de Agro Ingreso Seguro (AIS).
Esta sala de decisión se creó luego de que el pasado 21 de mayo se le concediera al exministro la posibilidad de impugnar la condena que se profirió en su contra por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación en favor de terceros. Fue la Corte Constitucional la que le dio la razón a su defensa y le dio la garantía al debido proceso.
Los magistrados que revisarán la condena de Andrés Felipe Arias son: Gerson Chaverra Castro, quien será el ponente, Fabio Ospitia Garzón y la conjuez Whanda Fernández León. Esta decisión no fue nada fácil, pues varios togados decidieron declararse impedidos para adelantar este proceso.
Los togados se pronunciarán, luego de una valoración amplia e integral, sobre la situación general de su condena y tomarán una decisión: si ratificarla o absolverlo.
El efecto del fallo que cobijó a Andrés Felipe Arias
El caso Andrés Felipe Arias sentó un precedente para Colombia. La decisión que tomó la Corte Constitucional de concederle la posibilidad de impugnar su sentencia le abrió la puerta a otros aforados constitucionales condenados en única instancia para que tengan la posibilidad de acceder a esta misma medida.
Hace algunos días, la Corte Suprema de Justicia anunció que todos los condenados en única instancia, o con primera sentencia condenatoria entre el 30 de enero de 2014 y el 17 de enero de 2018 que no pudieron impugnar o tener doble conformidad, podrán ejercer este derecho hasta el viernes 20 de noviembre de 2020.
El alto tribunal consideró que el recurso de impugnación otorgado al exministro Andrés Felipe Arias debe extenderse a las demás sentencias de única instancia emitidas por la Sala de Casación Penal durante esos cuatro años, aunque los exfuncionarios condenados ya no estén privados de la libertad.
La Corte Suprema señaló que es imperativo dar a todos los procesados en situación similar el mismo trato que brindó la Corte Constitucional al exministro de Agricultura, pues no hacerlo “constituiría un flagrante y odioso atentado contra el derecho fundamental a la igualdad, un valor fundante y principal de la democracia”.
Explicó que, en consecuencia, si estas personas condenadas en única instancia recurren a esta figura no se reactivará la contabilización del término de prescripción de la acción penal. Tampoco se producirá la libertad de quien se encuentra privado de ella como consecuencia de impugnar.