El perdón de las Farc

Jue, 22/08/2013 - 16:52
Como si fuera poco ahora les salimos a deber a los narcoterroristas. Uso este oportuno y acertado adagio, tras de cotudos con paperas y por qué no, los pájaros tirándole a las escopetas.

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Como si fuera poco ahora les salimos a deber a los narcoterroristas. Uso este oportuno y acertado adagio, tras de cotudos con paperas y por qué no, los pájaros tirándole a las escopetas. En las últimas apariciones de los bandidos agazapados en La Habana, huyendo de la justicia tras la fachada de un proceso de paz salvador de la sociedad colombiana, alias 'Pablo Catatumbo' en un acto que ahora tenemos que reconocer y reverenciar al son de la pleitesía humillante y sumisa de las víctimas, ha dicho que desde las filas de las Farc se han cometido delitos y ha habido derramamiento de sangre. Suena estúpido y en verdad lo es. Quién no sabe en la órbita que este grupo de narcotraficantes ha ensangrentado durante más de medio siglo los hogares de nuestro país? Sin duda ha habido crudeza y dolor provocado desde nuestras filas. El enemigo nunca fue ni ha sido fácil; no se sujetó a las normas del combate, dijo Cataumbo al referirse que ni siquiera el Marco para la Paz, que les otorga curules e impunidad les sirve. El cinismo causa risa. A cuáles normas que ha inobservado el “enemigo”, se referirá este sujeto, que hace parte de la comandancia de uno de los grupos terroristas más cruentos del planeta y que no ha hecho más que violar la normativa del Derecho Internacional Humanitario sistemáticamente? Entre otras cosas, por este motivo no se les puede otorgar el estatus internacional de beligerancia. Hace poco los integrantes de esta guerrilla se autoproclamaron víctimas. Esta es otra de esas payasadas inentendibles, pero sobre todo inaceptables en un contexto de victimización deshumanizado como el que nos han proporcionado las Farc. Cómo entender víctimas a bandidos de esta envergadura? Son subversivos que hay que combatir y en ese sentido son bajas legítimas, no víctimas, pero esto no parece comprenderlo el gobierno que nos está entregando a las fauces devoradoras de sueños y familias, de estos feroces y desalmados criminales. Los ataques de los alzados en armas deben ser resistidos por un pueblo, a través de la fuerza pública legítimamente constituida y que tiene la obligación constitucional y legal de defender los intereses de los asociados; de defender su vida, honra y bienes. Entonces esto así visto, es un mero asunto de reconciliación entre víctimas. Un planteamiento que proponen las víctimas de La Habana que andan fumando cigarros cubanos de elevado precio y desplazándose en Hummer, y los campesinos y desplazados que se rompen el lomo por un jornal. Ahora bien, cuál será la reparación que las Farc va a hacer a sus millones de víctimas? Creen las víctimas en sus palabras? Yo no les creo nada. Muy claro. Como si fuera poco y para acelerar este espurio proceso de paz, con fines reeleccionistas, ayer el ministro Carrillo salió corriendo a radicar el proyecto de ley –con mensaje de urgencia- que pretende refrendar esos acuerdos subrepticios y amañados a favor de las Farc y en contra del Estado de Derecho y de las víctimas. El texto consta de tres artículos y de inmediato el alto Congreso le dio el carácter de prioritario. El Honorable Senador Juan Fernando Cristo, leal a Santos, recibió con beneplácito el proyecto de ley estatutaria que consta de 3 artículos. Y dijo: “Le vamos a dar prioridad 1 A y esperamos el nueve de marzo estar votando este proyecto de ley”. Esto pues, coincidirá con el día de elecciones. Le siento a esto un tufillo que va más allá de lo práctico en materia de comicios electorales. El contenido de la norma en ciernes reza: Artículo 1º. – Referendo constitucional con ocasión de un Acuerdo Final para la terminación del conflicto armado. Los referendos constitucionales que se realicen con ocasión de un Acuerdo Final para la terminación del conflicto armado estarán sujetos, en lo especial, a las reglas contempladas en la presente ley. Artículo 2º.- Fecha para la realización del referendo constitucional con ocasión de un Acuerdo Final para la terminación del conflicto armado. El referendo constitucional con ocasión de un Acuerdo Final para la terminación del conflicto armado podrá coincidir con otros actos electorales. Cuando tal referendo coincida con otro acto electoral, los jurados de votación deberán entregarle a los electores el tarjetón correspondiente al referendo junto con los demás tarjetones. Artículo 3º.- Vigencia y derogatorias. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación, y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. Ni redentores ni víctimas: desvergonzados victimarios y de los más salvajes, soterrados en normas que ofrecen impunidad y degradan la pisoteada dignidad de las verdaderas víctimas. Abrazo cálido. @colconmemoria presidencia@colombiaconmemoria.org
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