En el Sistema Penal Acusatorio adoptado recientemente, por denuncia o "de oficio" los fiscales investigan y acopian evidencia; cuando tienen indicios sobre la responsabilidad de alguien respecto a un delito, llevan las pruebas ante un Juez de Control de Garantías, y solicitan que la persona sea llamada a juicio. Eso pasa durante una Audiencia de Imputación de Cargos, en la que el juez examina las razones del fiscal junto a los argumentos de la defensa, y decide si la persona debe ser juzgada o no. Ese juicio será ante otro juez, pero el de control de garantías tiene la facultad de ordenar o negar la detención del imputado cuando la Fiscalía lo solicita.
Antes, en el Sistema Inquisitivo, el mismo fiscal que investigaba podía encarcelar al investigado y decidía si lo llamaba a juicio o no. Sin duda ese régimen era una atrocidad que derrotaba de antemano el Principio de Presunción de Inocencia, porque los fiscales se "enamoraban" de sus sospechas, las volvían convicción, y a veces tomaban decisiones bajo el principio arcaico de verdad sabida y buena fe guardada, como si pensaren "te sé culpable, por eso te apreso y te mando a juicio". No importaba si había solidez en el acervo probatorio; el capricho de un solo hombre podía arrebatar la libertad de un plumazo. Gracias a Dios el sistema inquisitivo va entrando al pasado.
A raíz del hallazgo de computadores, televisores y aparatos para hacer ejercicio, donde están recluidos los Nule, la prensa denunció privilegios y comodidades exageradas; más aún, Cecilia López columnista de este medio, pidió acabar la que llamó "estratificación imperdonable entre delincuentes de estrato 1 y los de estrato 5, 6, y 7" ¿Tiene razón la columnista? No sé… Pero López exigió: "Señores del Gobierno: dennos la buena noticia de que sus presos estrato 7 se van para las cárceles regulares de este país, como cualquier otro preso."
Aunque el tema es taquillero, y en principio uno podría estar instintivamente de acuerdo, es necesario reflexionar sobre el encarcelamiento desde el punto de vista legal, pero también en términos humanísticos y de cuánto hemos avanzado como civilización.
Para empezar, la detención preventiva que ordena un juez sobre una persona a la que apenas se está investigando, es muy diferente a la pena de prisión que resulta de la imposición de una condena a quien ha sido vencido en juicio y tuvo oportunidad de defenderse. Uno pensaría que quien solo es "un investigado" no debería ser encarcelado; pero mucho menos estar sometido al mismo régimen carcelario de disciplina, privaciones y aislamiento de un condenado, pues se trata de una persona a la que la Constitución determina que hay que presumirla inocente hasta que se le pruebe lo contrario. ¿O no?
Y ahí empieza el problema, porque la gente -sin conocimiento de derecho- ni la prensa -sorprendentemente- logran distinguir entre un investigado y un condenado, aunque la diferencia debería ser total. Para empezar, nadie debería tener que encarar una investigación penal desde la cárcel, salvo excepcionalmente como lo contempla el Código de Procedimiento Penal cuando en su Artículo 296 define la "FINALIDAD DE LA RESTRICCIÓN DE LA LIBERTAD: La libertad personal (solo) podrá ser afectada dentro de la actuación cuando sea necesaria para evitar la obstrucción de la justicia, o para asegurar la comparecencia del imputado al proceso, la protección de la comunidad y de las víctimas, o para el cumplimiento de la pena."
Aun en tal caso, si el asegurado goza del Principio de Presunción de Inocencia, mezclarlo con cientos de criminales, no parece una cosa justa ni algo que no vaya a dejar profunda huella en la vida y la psique de quien puede pasar años viviendo entre delincuentes de la peor ralea, expuesto a violaciones y vejámenes de toda índole, antes de que le salgan con que fue un error.
A eso hay que sumarle que cuando el aparato judicial procesa a una persona cuya libertad está restringida, puede darse cierta proclividad a verlo y asimilarlo como "un culpable"; con lo cual el juzgador afectaría su imparcialidad ante la prueba, precisamente por la impresión subconsciente de que "si está preso, debe ser por algo".
En todo caso, si bien los jueces tienen el deber de no dejarse sugestionar por el encarcelamiento del imputado, lo mismo no pasa con la sociedad que sí confunde a quien está preso bajo investigación, con quien ya fue condenado, y de una vez estigmatiza todo su entorno, afectando gravemente la condición sicológica de la persona y la de sus allegados y familiares.
En la práctica, un inocente preso mientras se le juzga, vive la misma tragedia que un secuestrado: Su economía naufraga, los hijos son privados de su protección, y todo el entorno afectivo colapsa. Pero lo peor es que sufre el flagelo de ser sustraído de la sociedad mientras su vida se torna un mar de impotencia, pues paralelamente a la injusticia, debe soportar la tragedia de sus seres queridos que, afuera, padecen insultos, desplantes, rechazo y se les condena a vivir en estado de vergüenza sin causa, aunque la memoria o la conciencia del encarcelado no albergue razones para vivir tales oprobios...
Entonces, ¿cómo se llega a un estado razonable de equilibrio? Primero inculcando a los jueces que la medida de aseguramiento debe ser excepcional pues es menester calcular el daño inmenso que se puede infligir injustamente. Pero en términos realistas, el Ministerio de Justicia debería proveer lugares de reclusión diferentes, con condiciones distintas, mejores, para que se albergue por separado a quienes ya fueron condenados y a quienes apenas se les está adelantando un proceso.
En ese orden de ideas, también es necesario ponderar que figuras como el Principio de Oportunidad, contemplan que la negociación que se hace con quienes se acogen a esta forma de delación, incluye beneficios en cuanto a las condiciones físicas de reclusión antes y después de impuesta la pena. Quienes colaboran con el sistema judicial, obviamente lo hacen en un marco transaccional que a veces incluye excarcelación total o la no iniciación de la acción penal.
No creo que los presos deban vivir en "estrato miseria", como piden algunos; al contrario todos deberían gozar de condiciones higiénicas, cómodas y dignas. ¿Es injusto que hagan ejercicio, vean televisión, lean, oigan noticias, estudien y socialicen con herramientas tecnológicas? No lo creo. Se necesita un gran rencor, y sentirse un intocable que nunca pueda ser víctima de un error judicial para concebir la cárcel como una especie de "tortura justa" que opere como venganza sobre quien se presuma que, o en efecto haya quebrantado la ley.
Perder la libertad es un castigo durísimo incluso para los culpables. La prisión disminuye tanto la condición humana, que no hace falta volverla sede de privaciones, padecimientos y opresión sobre la autoestima de quien, inexorablemente, al salir llevará en el alma cicatrices imborrables.
La cárcel justa, es tremenda. El encarcelamiento injusto es imperdonable. Pero tarde o temprano, el equilibrio rector de la existencia cobra duramente a quien lo impone. Basta vivir y sentarse en la puerta a esperar; como dice la Biblia...
